Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2016 (20/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Sábado 20 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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DR. ERWIN MAXIMILIANO GARCÍA MATALLANA Presidente de la Sala Laboral Permanente de Ventanilla DRA. ESTELA ALEJANDRINA SOLANO ALEJOS Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Ventanilla. (Magistrada encargada de la Calificación de Quejas y denuncias, incidencias y derivados referidos a Jueces Especializados y de Paz Letrados, así como de los auxiliares jurisdiccionales). DR. WALTER DAVID GÓMEZ AMPUDIA Juez Titular del Primer Juzgado Unipersonal de Ventanilla DR. RICARDO JONNY MORENO CCANCCE Juez Titular del Primer Juzgado Civil de Ventanilla DRA. YESSICA PAOLA VITERI VALIENTE Jueza Titular del Segundo Juzgado de Familia de Ventanilla.

(ODECMA), esta investida de plenas facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 242-2015-CEPJ, en el cual en su artículo 12 inciso 2, establece entre sus funciones programar Visitas Judiciales Ordinarias y Extraordinarias, así como inspectivas en los órganos jurisdiccionales y dependencias del Poder Judicial, dando cuenta a la Jefatura de la OCMA. Segundo: Que, de conformidad con el artículo 19º del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 243-2015-CE-PJ, se establece como finalidad de las Visitas Judiciales evaluar cualitativa y cuantitativamente la conducta y desempeño funcional de los jueces y auxiliares jurisdiccionales, con el fin de detectar las deficiencias del servicio de justicia para dictar los correctivos disciplinarios y/o, en su caso, proponer su corrección ante el Órgano de Gobierno del Poder Judicial, Gestión y/o Administración; asimismo, en el artículo 20 incisos 1,2,3,5,6 y 7 del citado Reglamento, indica que las Visitas Judiciales tiene como objeto verificar el cumplimiento del horario de trabajo y demás deberes y obligaciones que la ley impone a los jueces y auxiliares jurisdiccionales, verificar la infraestructura y las condiciones de trabajo, así como evaluar su desempeño funcional en sus respectivas actividades funcionales, verificando además las causas y efectos de las deficiencias en el resultado del servicio y formulando propuestas y recomendaciones para superarlas, recogiendo para ello las opiniones e inquietudes de los visitados, los justiciables sobre los problemas del servicio de justicia. Tercero: Así, el artículo 21º inciso 2 y 3 del citado Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario señala entre las visitas inopinadas: a) Las Visitas Judiciales Extraordinarias las cuales son visitas inopinadas que tienen por finalidad supervisar el cumplimiento de los deberes y obligaciones, identificar irregularidades, detectar actos de corrupción, detectar actos de maltrato de los jueces o auxiliares jurisdiccionales a los litigantes o abogados, detectar actos de patrocinio ilegal de los jueces o auxiliares jurisdiccionales, verificar el cumplimiento del horario de trabajo, y constatar otros problemas en los órganos jurisdiccionales o en las actividades administrativas que desarrollan los jueces o auxiliares jurisdiccionales. b) Las Visitas Inspectivas, las mismas que son diligencias inopinadas, no dirigidas propiamente a órganos jurisdiccionales sino a locales donde se desarrollen las labores jurisdiccionales, para verificar el buen funcionamiento del servicio de administración de justicia y atención de los usuarios. Cuarto: Asimismo, en el artículo 48 inciso 3 del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 242-2015-CE-PJ, señala que es función de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas realizar visitas dispuestas por la Jefatura de la ODECMA. Quinto: En ese sentido, teniendo en cuenta que, mediante Resolución Administrativa N° 012-2016-P-CSJV/ PJ de fecha 19 de enero de 2016, se designó en adición a sus funciones jurisdiccionales como miembros integrantes de la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas a los siguientes Magistrados Contralores: UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS, INVESTIGACIONES Y VISITAS DR. ALFREDO MIRAVAL FLORES Juez Superior Titular integrante de la Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla. JEFE DE UNIDAD (Magistrado encargado, en adición a sus funciones de Calificación de Quejas y Denuncias, incidencias y derivados referidos a Jueces Superiores).

MAGISTRADOS CONTRALORES INTEGRANTES

De conformidad con lo previsto en articulo 12.2 del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero: PROGRAMAR Visitas Judiciales Extraordinarias e Inspectivas para el presente año judicial 2016, las cuales se efectuaran en forma inopinada, tanto a los Órganos Jurisdiccionales como a las diversas Dependencias que se encuentren funcionando en el Distrito Judicial de acuerdo a la meta establecida en el Plan de Trabajo ODECMA - Ventanilla 2016. Artículo Segundo: DISPONER que las Visitas Judiciales se efectuaran: a) Por el Jefe de la ODECMA, cuyo caso luego de realizada la visita remitirá el acta respectiva al Magistrado Contralor respectivo y de ser caso para su calificación de acuerdo al Nuevo Reglamento del Procedimiento Disciplinario. b) Por los Magistrados Contralores miembros integrantes de la Unidad Desconcentrada de Quejas, investigaciones y Visitas de la Oficina de Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, previa coordinación y/o disposición de la Jefatura de ODECMA, en cuyo caso sustanciaran directamente las investigaciones que surgieran en las respectivas visitas. Artículo Tercero: PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia en Ventanilla, a los Órganos de Línea de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Prensa e Imagen de esta Corte Superior, para los fines pertinentes.Regístrese, comuníquese y cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMA - CSJ VENTANILLA 1347209-1

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