Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2016 (02/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Sábado 2 de julio de 2016

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

591577

Nº 1269-2016-GPPR/ML, emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y el Informe Nº 786-2016-GAJ/ML, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma ­ Ley 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativo en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú, establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Gestión Municipal implica el desarrollo de un conjunto de actividades y estrategias idóneas que permitan desarrollarse internamente y proyectarse a la población la imagen de un gobierno edil serio, responsable, eficaz y eficiente, es así que los instrumentos de gestión vienen a ser aquellos documentos en los que se plasman las actividades de fortalecimiento y desarrollo institucional, transparencia de la gestión entre otras, siendo uno de ellos el Cuadro de Asignación de Personal, la misma que prevé los cargos que una Municipalidad requiere para su normal funcionamiento de un periodo determinado en que rija la organización vigente. Que, mediante Ordenanza Municipal 315-2016ML de fecha 13 de mayo de 2016, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lurín, norma que en su Disposición Complementaria dispone, la elaboración del Cuadro de Asignación de Personal CAP en un plazo de 30 días hábiles. Que con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE de fecha 11 de noviembre del 2015, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, aprueba la directiva "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", así como sus anexos 1,2,3,4 y 5; modificada por la Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, de fecha 30 de marzo del 2016. Que mediante informe Nº 0738-2016-SGRH-GAF/ ML, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos, indica que se ha procedido en realizar la modificación correspondiente en el Cuadro de Asignación de Personal Provisional vigente de la Municipalidad Distrital de Lurín, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Directiva de SERVIR. Que, mediante Memorándum Nº 1269-2016GPPR/ML, emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, emite opinión favorable en la modificación del CAP de esta Corporación Edilicia, en merito a que cumple con las normas presupuestarias vigentes y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Informe Nº 786-2016-GAJ/ML, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente aprobar mediante Resolución de Alcaldía la propuesta de reordenamiento del Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP Provisional, ya que se ajusta al marco legal establecido en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE. En uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972.

Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal CAP de la Municipalidad Distrital de Lurín, conforme a lo detallado en el anexo adjunto y que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la presente Resolución y el Cuadro de Asignación de Personal aprobado sean publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurín (www.munilurin.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE E. ARAKAKI NAKAMINE Alcalde 1398962-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Autorizan viaje de regidores y funcionarios a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 712-2016-MPC-AL Callao, 30 de junio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO. Visto, el Acuerdo de Concejo Nº 039-2016 de fecha 28 de junio de 2016, mediante el cual se aprueba el viaje a la ciudad de Curitiba ­ Brasil de los Regidores Provinciales Víctor Enrique Castro Quintanilla y Manuel Abel Neciosup Medina y de los funcionarios José Martín Fort Bellina y José Fernando Harster Anduaga; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo de visto se autoriza el viaje en comisión de servicios de los Regidores Provinciales Víctor Enrique Castro Quintanilla y Manuel Abel Neciosup Medina y de los funcionarios José Martín Fort Bellina, Gerente de Transporte y Tránsito de la Gerencia General de Transporte Urbano y José Fernando Harster Anduaga, Gerente de Apoyo al Concejo Municipal y Alcaldía de la Secretaria General, para que asistan al curso de capacitación correspondiente al cronograma de inversiones año 9 del Consorcio de Tránsito Ciudadano, que se realizará en la ciudad de Curitiba ­ Brasil, del 3 al 9 de julio del presente año; Que, el punto 3 del mencionado Acuerdo de Concejo autoriza el egreso de un día de viáticos correspondiente a US $ 370.00 dólares americanos como gastos de instalación, para cada uno de los participantes, de acuerdo a la evaluación que realice la administración municipal y según la disponibilidad presupuestal y financiera de la entidad; Que, para la Municipalidad Provincial del Callao resulta indispensable la participación en dicha capacitación ya que permitirá intercambiar experiencias con otras instituciones sobre normas y procesos de control de transporte y tránsito; Que, siendo esto así, resulta necesario se expida la resolución de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, normas que regulan la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

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