Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2016 (02/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 82

591576

NORMAS LEGALES

Sábado 2 de julio de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Independencia para el año 2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2016-MDI Independencia, 16 de junio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTOS: El Informe Nº 287-2016-SGLP/GGA/MDI de la Subgerencia de Limpieza Pública, Informe Nº 442016-GGA/MDI de la Gerencia de Gestión Ambiental, Informe Nº 119-2016-GPPR/MDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Informe Legal Nº 334-2016-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal y Memorando Nº 1727-2016-GM/MDI de la Gerencia Municipal, sobre la aprobación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el distrito de Independencia para el año 2016; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, señala que los Órganos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 22 de Artículo 2º de la Constitución Política del Perú, precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de sus propios particulares, de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armónica; Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el título V, capítulo II de su Artículo 80º que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos; rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, modificado por Decreto Legislativo Nº 1065 Artículo 10º inciso 12, establece como rol de las Municipalidades Distritales que se debe "Implementar progresivamente programa de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobó la Política Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Política 2: Gestión Integral de la calidad ambiental componente 4. Residuos sólidos, como un Lineamiento de Política del Sector, el Fortalecimiento de la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento;

Que, la Ley Nº 29332, se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con el objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 0032016-EF/50.01, se aprueban los instructivos para el cumplimiento de las metas en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016. Estando a lo expuesto; contando con las opiniones favorables de la Sub. Gerencia de Limpieza Pública, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Planificación Presupuesto y Racionalización, la Gerencia de Asesoría Legal y Gerencia Municipal, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Independencia para el año 2016. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub. Gerencia de Limpieza Pública, efectuar las acciones necesarias con los principales actores involucrados para implementar exitosamente el programa referido en el artículo primero, y a la Gerencia de Gestión Ambiental la supervisión y seguimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización asignar una partida presupuestal al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios para su implementación y seguimiento durante todo el año 2016 y su posterior continuidad y sostenibilidad en los años siguientes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Sub. Gerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación y a la Sub. Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal la respectiva difusión en el Portal Institucional. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y demás unidades orgánicas el fiel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Gerencia de Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1399296-1

MUNICIPALIDAD DE LURÍN
Aprueban el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad Distrital de Lurín
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 134-2016-ALC-ML Lurín, 3 de junio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN VISTO: El Informe Nº 0738-2016-SGRH-GAF/ML, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorándum

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.