Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2016 (14/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de julio de 2016 /

El Peruano

adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa sobre reconocimiento mutuo de diplomas, grados, títulos y periodos de estudios superiores para la continuación de estudios superiores en el país socio" suscrito el 23 de febrero de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1404348-1

Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1404348-2

Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al Acuerdo para la Creación del Fondo de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Perú - Colombia
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2016-RE Lima, 13 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo para la Creación del Fondo de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Perú - Colombia fue firmado el 30 de octubre de 2015, en la ciudad de Medellín, República de Colombia; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú; y, el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al Acuerdo para la Creación del Fondo de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Perú ­ Colombia, firmado el 30 de octubre de 2015, en la ciudad de Medellín, República de Colombia. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la señora Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1404348-4

Ratifican el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa sobre Actividad Remunerada de Familiares de Agentes de Misiones Oficiales de cada Estado en el otro Estado"
DECRETO SUPREMO Nº 050-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa sobre Actividad Remunerada de Familiares de Agentes de Misiones Oficiales de cada Estado en el otro Estado" fue suscrito el 14 de abril de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa sobre Actividad Remunerada de Familiares de Agentes de Misiones Oficiales de cada Estado en el otro Estado", suscrito el 14 de abril de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Pasan a la situación de retiro a Ministros Consejeros en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2016-RE Lima, 13 de julio de 2016 VISTA: La carta s/n, de 5 de julio de 2016, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Eduardo Carlos Reusche Lummis, mediante la cual solicita su pase a la situación de retiro;

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