Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2016 (14/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 14 de julio de 2016

NORMAS LEGALES
Aulas para la enseñanza teórica Aula N° 1 Aula N° 2 Aula N° 3 Aula N° 4 (Taller Teórico - Práctico de Mecánica)

592939
Capacidad de Alumnos 12 12 12 12 12

SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES VIRGEN DE CHAPI SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA ESCOIVCH S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos ­ prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II-c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor, los cursos de Recategorización y los cursos de Reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES VIRGEN DE CHAPI SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA ESCOIVCH S.A.C. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Oficinas Administrativas, Aulas de Enseñanza y Taller de Instrucción Teórico-Práctico de Mecánica Circuito de Manejo con Conformidad de Obra emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago Av. Fernando León Arechua N° 319, distrito, provincia y departamento de Ica. Sector Pampa de Los Castillos, predio denominado Irrigación Nueva Esperanza, distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica

Plazo de Autorización: Cinco (5) años, plazo que se contará a partir de la fecha máxima establecida para el inicio del servicio. Artículo 2.- La Empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES VIRGEN DE CHAPI SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA ESCOIVCH S.A.C., está obligada a actualizar permanentemente la información propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Artículo 3.- La Empresa autorizada deberá colocar en un lugar visible dentro de su local una copia de la presente Resolución Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- La Empresa autorizada deberá presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo señala el numeral 43.6 del artículo 43 de El Reglamento,

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