Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2016 (15/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 15 de julio de 2016

NORMAS LEGALES
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

593053

inversión pública en infraestructura de riego, defensa ribereña, y protección contra inundaciones, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido por el artículo 14 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias, y las Leyes N°s. 30454 y 30458; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 734 664,00), del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de doce (12) proyectos de inversión pública en infraestructura de riego, defensa ribereña, y protección contra inundaciones, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 013 Ministerio de Agricultura : y Riego 001: Ministerio de Agricultura - Administración Central 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hídricos para Uso Agrario 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 652 121,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL : Gobiernos Locales 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hídricos para Uso Agrario 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

5 000,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

452 035,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

77 543,00 ------------------734 664,00 ===========

PROGRAMA PRESUPUESTAL

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en los Anexos N°s. 1 y 1A, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se detalla en el Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente norma a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica, y se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (www. minagri.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

82 543,00 ------------------734 664,00 ===========

A LA: SECCIÓN SEGUNDA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL Instancias : Descentralizadas : Gobiernos Regionales 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hídricos para Uso Agrario 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

En Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros

200 086,00

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