Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2016 (26/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Martes 26 de julio de 2016 /

El Peruano

y del 3° Juzgado Penal Unipersonal Permanente con competencia territorial en todo el Distrito Judicial del Callao, para la aplicación de Proceso Inmediato derivado de los delitos de Flagrancia y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, que entrarán en funcionamiento a partir del 01° de agosto de 2016. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Administrativa antes citada, los órganos jurisdiccionales creados en este Distrito Judicial, que actuarán a futuro a dedicación exclusiva en el conocimiento de los procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, de manera temporal y en tanto la carga procesal en el trámite del proceso inmediato progresivamente lo amerite, conocerán también el trámite del proceso común conforme al Decreto Legislativo N° 957 o procesos en liquidación, bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940, según la evaluación que efectúe la Presidencia de Corte, a fin de optimizar el uso de los recursos de manera correcta y el equilibrio de carga procesal entre todos los órganos jurisdiccionales penales del Distrito Judicial. Que, bajo este contexto, corresponde a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, adoptar las medidas administrativas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el máximo Órgano de Gobierno del Poder Judicial en virtud de las facultades conferidas en el artículo quinto de la Resolución Administrativa acotada. Que, mediante el Oficio de Vistos, el Jefe ( e) de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto, Estadística y Desarrollo de esta Unidad Ejecutora, remite los reportes estadísticos de la carga procesal de los Juzgados Especializados en lo Penal de este Distrito Judicial. Que, el informe estadístico de carga procesal en mención, ha sido evaluado por esta Presidencia de Corte para determinar la redistribución de expedientes dispuesta en la Resolución Administrativa de Vistos. En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte en los incisos 3) y 4) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER, a partir del 01° de agosto de 2016, el inicio de funcionamiento del 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente para la aplicación del Proceso Inmediato de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar, Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción del Callao, con Sede en el local institucional ubicado en la Avenida Colonial cuadra 26, (cruce con Av. Santa Rosa) ­Callao. Articulo Segundo.- DISPONER, a partir del 01° de agosto de 2016, el inicio de funcionamiento del 3° Juzgado Penal Unipersonal Permanente para la aplicación del Proceso Inmediato de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar, Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción del Callao, con Sede en el local institucional ubicado en la Avenida Colonial cuadra 26, (cruce con Av. Santa Rosa) ­Callao. Artículo Tercero.- DISPONER que, de manera temporal, en tanto la carga procesal en el trámite del proceso inmediato progresivamente lo amerite, el 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente y 3° Juzgado Penal Unipersonal del Callao conocerán también el trámite del proceso común conforme al Decreto Legislativo N° 957 o procesos en liquidación, bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940, derivados de los Juzgados Especializados en lo Penal de este Distrito Judicial que determinará la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. Articulo Cuarto.- DISPONER, que por efecto de lo dispuesto en el artículo tercero de la presente resolución, el 1° y 2° Juzgados Especializados en lo Penal del Callao, remitirán, cada uno, al 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Callao, la cantidad de (50) cincuenta expedientes en trámite que no estén expeditos para sentenciar. Articulo Quinto.- DISPONER, que por efecto de lo dispuesto en el artículo tercero de la presente resolución, el 3° y 6° Juzgados Especializados en lo Penal del Callao,

remitirán, cada uno, al 3° Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Callao, la cantidad de (50) cincuenta expedientes en trámite que no estén expeditos para sentenciar. Articulo Sexto.- DISPONER que el proceso de redistribución de los expedientes señalados en el artículo precedente, se realizará a partir del 1° de agosto del año en curso; para tal efecto el Área de Informática de esta Corte Superior de Justicia, habilitará la opción correspondiente en el Sistema Integrado Judicial de Expedientes-SIJ, al personal de los Juzgados Especializados Penales Permanentes antes mencionados para el proceso de redistribución señalado. Artículo Séptimo.- DISPONER que la Administración del Módulo de los Juzgados Penales del Callao, brinden el apoyo necesario para la redistribución y traslado de los expedientes a los Juzgados Penales recientemente creados. Articulo Octavo.- DISPONER que la Gerencia de Administración provea de los servicios y personal necesario para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Noveno.- DISPONER que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del CallaoODECMA, supervise el estricto cumplimiento de la presente resolución. Artículo Décimo.- PÓNGASE la Presente Resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Oficina de Imagen Institucional, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Coordinación de Informática, de la Administración de los Juzgados Penales y de los señores Jueces del Área Penal para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. RAFAEL TEODORO UGARTE MAUNY Presidente 1408661-1

ORGANOS AUTONOMOS

MINISTERIO PUBLICO
Felicitan a representante del Ministerio Público ante el Jurado Nacional de Elecciones, por el periodo de febrero de 2015 a julio de 2016
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 100-2016-MP-FN-JFS Lima, 22 de julio de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 014-2015-MP-FN-JFS, de fecha 19 de febrero de 2015, se designó al doctor Jesús Eliseo Martín Fernández Alarcón, Fiscal Supremo Provisional como Miembro Titular representante del Ministerio Público ante el Jurado Nacional de Elecciones, hasta la designación por el Consejo Nacional de la Magistratura del nuevo Fiscal Supremo Titular; Que, mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 094-2016-MP-FN-JFS, de fecha 12 de julio de 2016, resolvió en su Artículo Primero, dar por concluida la designación del doctor Jesús Elíseo Martín Fernández Alarcón, Fiscal Supremo Provisional como Miembro Titular representante del Ministerio Público ante el Jurado Nacional de Elecciones; asimismo, en su Artículo Segundo, se designa al doctor Luis Carlos Arce Córdova, Fiscal Supremo Titular, como representante Titular del Ministerio Público ante el Jurado Nacional de Elecciones;

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