Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2016 (26/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Martes 26 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Presupuesto, emite el Informe Técnico Sustentatorio para la modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Punta Negra y del Reglamento de Organización y Funciones, de conformidad con los lineamientos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, con informe de vistos, la Secretaria General y Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) propuesta, precisando que la misma se encuentra acorde con las normas legales antes referidas; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó POR UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA Artículo Primero.- APROBAR la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, que consta de cuatro (4) Títulos, noventa (90) artículos y tres (3) Disposiciones Complementarias. Artículo Segundo.- APROBAR la creación de la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad ­ OMAPED, en la Municipalidad Distrital de Punta Negra. Artículo Tercero.- PRECISAR que el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, aprobado por la presente ordenanza, incorpora la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad ­ OMAPED a la estructura orgánica de la Gerencia de Desarrollo Social, asignándole como funciones las previstas en la Ley Nº 29973 ­ Ley General de la Persona con Discapacidad. Artículo Cuarto.- PRECISAR que el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, aprobado por la presente ordenanza, incorpora la Oficina del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, creado mediante Ordenanza Nº 008-2016-MDPN, la cual tendrá las siguientes funciones: 1. Diseñar, formular y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos en relación a la temática de las personas adultas mayores. 2. Planear, organizar, ejecutar y supervisar actividades destinadas a las personas adultas mayores a través de la oficina del CIAM. 3. Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de los derechos de la persona adulta mayor, así como de los derechos humanos en general, con equidad de género. 4. Proponer la regulación de las acciones de la oficina del CIAM adecuando las normas nacionales a la realidad local. 5. Aplicar estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades y habilidades para superar la pobreza. 6. Difundir y promover los derechos del adulto/a mayor, propiciando espacios para su participación en la Municipalidad. 7. Promover, organizar y sostener establecimientos de protección para la población adulta mayor en situación de riesgo y vulnerabilidad. 8. Proponer y ejecutar las normas de control interno aplicables a su unidad orgánica, así como impulsar la implementación de las recomendaciones emitidas por el Sistema Nacional de Control. 9. Proponer y remitir a la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización el proyecto del Plan Operativo de su área para cada año fiscal y el Cuadro de Necesidades correspondiente. 10. Otras que le asigne la Gerencia de Desarrollo Social.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano, y el texto íntegro que forma parte de la misma en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Negra. Artículo Sexto.- DERÓGUESE toda disposición de igual o menor nivel que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Séptimo.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que a través de un Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento de la Oficina del Centro Integral de Atención del Adulto Mayor, así como las acciones necesarias para su implementación efectiva, en beneficio de la población adulta mayor de la comunidad. Artículo Octavo.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILLINGTON R. OJEDA GUERRA Alcalde 1408557-2

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Aprueban Plan de Desarrollo Concertado del distrito de San Juan de Miraflores PDC 2017 - 2021
ORDENANZA Nº 334/MSJM San Juan de Miraflores, 21 de julio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Memorándum N° 01718-2016-GM-MDSJM, de fecha 20 de julio del 2016, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se adjunta el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Municipalidad de San Juan de Miraflores PDC 2017-2021, para que sea elevado al Concejo Municipal para su aprobación mediante Ordenanza; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 214-2016-CEPLAN/DNCP, de fecha 06 de julio del 2016, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico informa que el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Municipalidad de San Juan de Miraflores al 2021 cumple con lo establecido en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico de acuerdo al Informe Técnico Nº 04-2016-CEPLAN-DNC/RQC, que anexa; Que, mediante el Acuerdo de Consejo de Coordinación Local Distrital Nº 003-2016/MSJM, de fecha 19 de julio del 2016, se acuerda validar y concertar el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Municipalidad de San Juan de Miraflores PDC 2017 ­ 2021, así como remitir lo actuado a la Gerencia Municipal para el trámite de la aprobación del acotado Plan, mediante Ordenanza por el Concejo Municipal de San Juan de Miraflores; Que, mediante el Informe Nº 115-2016-SGPRCNIGPP/MDSJM de fecha 19 de julio del 2016, la Subgerencia de Planeamiento, Racionalización y Cooperación Nacional e Internacional remite a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES PDC 2017 - 2021 con Proyección al 2030, en el marco del cumplimiento de la Meta Nº 03 del

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