Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2016 (15/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de junio de 2016 /

El Peruano

PDG 2016 de la Universidad de Piura y el Oficio NC50-DEPE-N° 0645 de fecha 27 de mayo de 2016 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con el Convenio de Cooperación Educativa N° 001 COEDCEOP-2012 de fecha 16 de marzo de 2012, suscrito con el PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura, el cual, considera programas de perfeccionamiento para directivos de primer nivel en alianza con el IESE Business School de España; Que, por disposición de la Fuerza Aérea del Perú, el Coronel FAP JOSE ANTONIO MARTINELLI ECHEGARAY y el Coronel FAP CARLOS MARTIN QUIROZ INFANTAS, participan en el Programa de Dirección General de PDG 2016, en las Instalaciones del PAD ­ Escuela de Dirección de la Universidad de Piura, durante el presente año; el mismo que, contempla dentro de su plan de estudios el "International Management Program"; Que, con las Cartas de fechas 05 y 27 de mayo de 2016, el Director del Programa de Dirección General PDG 2016 de la Universidad de Piura, comunica que, los Oficiales Superiores antes mencionados, participarán en el "International Management Program" que se desarrollará en el IESE Business School, ubicado en la ciudad de Barcelona - Reino de España del 20 al 23 de junio de 2016 y que el PAD ­ Escuela de Dirección de la Universidad de Piura asumirá los gastos de alojamiento durante la duración del mencionado evento; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el "International Management Program" en el IESE Business School, ubicado en la ciudad de Barcelona - Reino de España del 20 al 23 de junio de 2016; por cuanto, permitirá obtener personal calificado en temas específicos como visión estratégica, comprensión del entorno y liderazgo directivo, redundando en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, no encontrándose cubiertos los gastos de alimentación y transporte local del personal designado, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo único de la Resolución Ministerial Nº 696-2013 DE/SG de fecha 16 de agosto de 2013, que establece el porcentaje de pago para invitaciones que incluyan financiamiento parcial, corresponde otorgar a su favor el pago del 40% de la escala de viáticos regulado en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; asimismo, el pago de pasajes aéreos de ida y vuelta; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2016, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado durante la referida capacitación, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM

de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el "International Management Program" en el IESE Business School, ubicado en la ciudad de Barcelona - Reino de España del 20 al 23 de junio de 2016; así como su salida del país el 18 de junio de 2016 y retorno el 25 de junio de 2016: Coronel FAP NSA: O-9517885 Coronel FAP NSA: O-9513185 JOSE ANTONIO MARTINELLI ECHEGARAY DNI: 43460895 CARLOS MARTIN QUIROZ INFANTAS DNI: 43338480

Artículo 2º.- El PAD ­ Escuela de Dirección de la Universidad de Piura asumirá los gastos de alojamiento del personal designado para participar en el citado evento. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Barcelona (Reino de España) ­ Lima: US $ 2,028.25 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 4,056.50 Viáticos (alimentación y transporte local): US $ 540.00 x 40% x 04 días x 02 personas = US $ 1,728.00 --------------------Total a pagar = US $ 5,784.50 Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal designado. Artículo 5°.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1392949-3

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