Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2016 (18/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 18 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo el artículo 43° del Decreto Legislativo N° 1150 señala que cada Sala del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior contará con una Secretaría Técnica a cargo de un Secretario Técnico designado por Resolución Ministerial a propuesta de la Sala correspondiente; Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 0864-2015-IN, de fecha 17 de diciembre de 2015, se designó como Secretaría Técnica de la Secretaría Técnica de la Sala Permanente de Primera Instancia del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior a la abogada Rut Noemí Pastor Leo; Que, mediante Oficio N° 001462-2016/IN/DGRH, de fecha 14 de junio de 2016, el Presidente de la Sala Permanente de Primera Instancia del Tribunal de Disciplina Policial solicita dar por concluida la designación antes señalada, proponiendo en su reemplazo a la abogada Rebeca Alexandra Prado Monge; Que, la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, mediante el Oficio N° 0014622016/IN/DGRH, de fecha 14 de junio de 2016, emitió opinión favorable sobre la propuesta de designación de la abogada Rebeca Alexandra Prado Monge; Que, estando a lo señalado resulta necesario emitir el acto administrativo por el cual se designa a la abogada Rebeca Alexandra Prado Monge, como Secretaria Técnica de la Sala Permanente de Primera Instancia del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior; disponiéndose previamente la conclusión de la designación en las funciones de la referida Secretaría Técnica del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior de la abogada Rut Noemí Pastor Leo, dispuesta mediante Resolución Ministerial N° 0864-2015IN, de fecha 17 de diciembre de 2015; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del MININTER, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102013-IN y el Decreto Legislativo Nº 1193 modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1150, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú y su modificatoria aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1193; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la abogada Rut Noemí Pastor Leo como Secretaría Técnica de la Secretaría Técnica de la Sala Permanente de Primera Instancia del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, dispuesta a través del artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 0864-2015-IN, de fecha 17 de diciembre de 2015. Artículo 2°.- Designar como Secretaria Técnica de la Secretaría Técnica de la Sala Permanente de Primera Instancia del Tribunal de Disciplina Policial a la abogada Rebeca Alexandra Prado Monge. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1394395-1

por el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq de la Corte Superior de Justicia de Cusco; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva del 17 de mayo de 2016, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano portugués RUI MANUEL TAVARES MARQUES, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud ­ Homicidio Simple (primer párrafo del artículo 106 del Código Penal peruano), en agravio de Edmundo Eugenio Rivero Castillo (Expediente Nº 40 - 2016); Que, el literal a) del artículo 28 de las normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 067-2016/COE-TC, del 03 de junio de 2016, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición activa; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Madrid el 28 de junio de 1989; aprobado por Resolución Legislativa Nº 25347 de 31 de octubre de 1991 y vigente desde el 31 de enero de 1994; y su Enmienda, ratificada por Decreto Supremo Nº 70-2011RE del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de julio de 2011, que eleva de 60 días a 80 días el plazo para presentar el cuaderno de extradición; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano portugués RUI MANUEL TAVARES MARQUES, formulada por el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq de la Corte Superior de Justicia de Cusco y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud - Homicidio Simple, en agravio de Edmundo Eugenio Rivero Castillo, y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1394546-10

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos portugués y peruano
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 091-2016-JUS Lima, 17 de junio de 2016 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 067-2016/ COE-TC, del 03 de junio de 2016, sobre la solicitud de extradición activa al Reino de España del ciudadano portugués RUI MANUEL TAVARES MARQUES, formulada

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