Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2016 (25/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de junio de 2016 /

El Peruano

resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1397201-7

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Directiva "Preparación y Presentación de los Estados Financieros e Información Complementaria Semestral y Anual por los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo - CAFAE de las entidades gubernamentales"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 011-2016-EF/51.01 Lima, 21 de junio de 2016 Visto: El Memorando Nº 003-2016-EF/51.06, de la Dirección de Empresas Públicas de la Dirección General de Contabilidad Pública, con el propósito de actualizar los procedimientos de preparación y presentación de la información financiera y complementaria de la gestión de los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo - CAFAE de las entidades gubernamentales. CONSIDERANDO: Que, el párrafo 42.1 del artículo 42° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que la Dirección General de Contabilidad Pública es el Órgano Rector del Sistema Nacional de Contabilidad, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito, en el marco de lo establecido por la presente Ley, disposiciones complementarias y las Directivas e Instructivos de Contabilidad; Que, mediante Resolución Directoral N° 0012012-EF/51.01 se aprobó la Directiva N° 0012012-EF/51.01 "Preparación y Presentación de los Estados Financieros e Información Complementaria por los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo CAFAE de las entidades del Sector Público"; Que, la Octava Disposición Transitoria del Decreto Supremo N° 304-2012-EF TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, vigente desde el 02 de enero de 2013, dispone: "Las transferencias de fondos públicos al CAFAE, en el marco de los Decretos Supremos Nos 067-92-EF y 025-93-PCM, así como el Decreto de Urgencia N° 088-2001"; la Ley N° 30381, Ley que cambia el nombre de la unidad monetaria de "Nuevo Sol" al "Sol" y el Circular N° 047-2015-BCRP

del Banco Central de Reserva del Perú, que regula la adecuación del cambio de nombre de la unidad monetaria "Nuevo Sol" a "Sol"; Que, con la información que se genere a partir de las normas mencionadas en el considerando anterior, se ha visto por conveniente la sustitución de la Directiva N° 001-2012-EF/51.01 y de los formatos de los estados financieros e información complementaria, tal como el Estado de Situación Financiera (EF-1C) y el Estado de Resultados (EF-2C), además se está adicionando una Hoja de Trabajo de Integración Contable de los Sub Cafaes elaborada por el CAFAE Central y un formato de Datos de los Sub Cafaes, así como el requerimiento de la información semestral; Que, igualmente se fundamenta la sustitución de la Directiva, por las modificaciones en el numeral 1.Objetivo, numeral 2.- Base Legal, numeral 3.- Alcance, numeral 4.- Presentación de Información Financiera y Complementaria Semestral y Anual, numeral 5.- Medios para la presentación de Información Semestral y Anual, numeral 6.- Preparación y Presentación de los Estados Financieros, numeral 7.- Lugar y Plazos de Presentación de la Información Contable Semestral y Anual, así como el numeral 9.- Vigencia; Que es conveniente estandarizar los procedimientos para la preparación y presentación de la información financiera e información complementaria de la gestión de los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo ­CAFAE de las entidades gubernamentales cuyos trabajadores estén sujetas al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276; a efecto de contrastar con la información que presentan los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional y Gobierno Regional; Estando a lo propuesto por la Dirección de Empresas Públicas y con el visado de la Dirección de Normatividad; y En uso de las atribuciones conferidas por el párrafo 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el inciso a) del artículo 5° de la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Directiva y aplicativo informático. 1.1. Aprobar la Directiva Nº 004-2016-EF/51.01 "Preparación y Presentación de los Estados Financieros e Información Complementaria Semestral y Anual por los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo- CAFAE de las entidades gubernamentales" y sus formatos, que forman parte de la presente Resolución; su vigencia a partir del primer semestre y cierre contable del ejercicio 2016; y disponer su difusión en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob. pe en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial "El Peruano". 1.2. La información semestral y anual será registrada a través del aplicativo informático desarrollado en ambiente Web (internet), sistema al que se accederá a través de la siguiente dirección http://apps2.mef.gob.pe/siafmef/index. jsp Artículo 2º.- Derogación. Derogar la Directiva Nº 001-2012-EF/51.01 "Preparación y Presentación de los Estados Financieros e Información Complementaria por los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo-CAFAE de las entidades del Sector Público", aprobado mediante Resolución Directoral Nº 001-2012-EF/51.01. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 1397039-1

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