Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2016 (26/06/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Domingo 26 de junio de 2016
Pasajes aéreos Clase Económica US $ 849,00 849,00 1 069,00

NORMAS LEGALES
Total Viáticos 1 480,00 1 480,00 1 110,00

590877

Nombres y apellidos Luis Alberto Torres Paz Mario Eduardo Ocharan Casabona Ricardo Manuel Limo del Castillo

Viáticos N° día días 370,00 370,00 370,00 4 4 3

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la reunión a la que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1397041-1

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban la publicación del proyecto de documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de la EPS en la Modernización en los Servicios de Saneamiento", en la página web del OTASS
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 012-2016-OTASS/CD Lima, 23 de junio de 2016 VISTOS: el Informe Nº 0091-2016-OTASS/DM/SYF/ RRM/JVF, de la Dirección de Monitoreo, mediante el cual propone el documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de las EPS en la Modernización de los Servicios de Saneamiento"; y estando a lo acordado en la Sesión N° 012-2016 del Consejo Directivo del OTASS; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS, como Organismo Público Técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional; el cual es el encargado de ejecutar la política del Ente Rector en materia de administración para la prestación de los servicios de saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios; Que, según el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 30045, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA, establece que uno de los objetivos del proceso de modernización de los servicios de saneamiento, es mejorar la administración y gestión integral de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS);

Que, el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, establece que la Dirección de Monitoreo es la responsable de supervisar el cumplimiento de los objetivos del proceso de modernización de los servicios de saneamiento. Asimismo, el literal f) del artículo 27 de la misma norma prevé que el citado órgano de línea es competente para elaborar y proponer lineamientos, metodologías, protocolos y demás instrumentos de administración y gestión de las EPS de obligatorio cumplimiento a nivel nacional; Que, mediante el documento del visto, la Dirección de Monitoreo ha presentado la propuesta de "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de las EPS en la Modernización de los Servicios de Saneamiento", con la finalidad de fundamentar los procedimientos y conceptos, así como, definir los indicadores mediante los cuales se medirá los avances alcanzados en cada uno de los objetivos de las EPS; Que, en ese sentido, el literal a) del artículo 9 el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, establece que es función del Consejo Directivo, "Aprobar las políticas institucionales, los planes y estrategias de la entidad; concordantes con las políticas y lineamientos del Ente Rector"; Que, el Consejo Directivo en sesión de fecha 17 de junio de 2016, aprobó la publicación en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del OTASS, del proyecto de documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de las EPS en la Modernización en los Servicios de Saneamiento"; De conformidad con lo señalado en la Ley N° 30045 "Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento" y su modificatoria, el Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA, Reglamento de la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento y, estando a lo acordado en la sesión 012-2016 del Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento- OTASS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la publicación del proyecto de documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de las EPS en la Modernización en los Servicios de Saneamiento", en la página web del OTASS (www. otass.gob.pe). Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo 3.- Otorgar un plazo de 15 días calendarios, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución, a fin de que los interesados presenten sus comentarios al proyecto de metodología referido en el artículo 1, en la sede del OTASS ubicada en la Calle Germán Schreiber N° 210, Oficina N° 101, San Isidro, o al correo electrónico monitoreo@otass.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ANTONIO SALARDI RODRIGUEZ Presidente del Consejo Directivo 1396927-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformación de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 226-2016-P-CSJV/PJ Ventanilla, 23 de junio de 2016.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.