Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2016 (09/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

580194
Nº ORDEN 10 DPTO. Cusco NOMBRE DEL EVENTO IV Feria Nac. Agropecuaria, Agroindustrial y Artesanal Anta 2016.

NORMAS LEGALES
FECHA PROVINCIA Anta DISTRITO Anta INICIO DÍA 25 MES 6

Miércoles 9 de marzo de 2016 /

El Peruano

TÉRMINO DÍA 29 MES 6

DURACIÓN EN DÍAS 9

ORGANIZADORES Productores y Gobierno Local.

11

Cusco

XXXIII Feria Agropecuaria, La Convención Agroindustrial y Artesanal COCLA 2016. Abancay

Santa Ana

25

7

28

7

4

CENTRAL COCLA AALC.

Apurímac XXXI Feria Agropecuaria, Agroindustrial y Artesanal San Antonio 2016 12 Cusco XLII Feria Nacional Agropecuaria, Agroindustrial, Artesanal y Cultural Señor de Pampacucho 2016.

Tamburco

25

7

29

7

5

DRA Apurímac.

Canchis

Sicuani

6

8

12

8

7

Municipalidad y Organización de Productores. Gobierno Local.

13

Cusco

VI Feria Nacional Agropecuaria, Chumbivilcas Agroindustrial y Artesanal "Virgen de la Natividad Chumbivilcas 2016. XIX Festival Camélidos Espinar 2016. Nacional de Sudamericanos, Espinar

Santo Tomás

5

9

8

9

4

14

Cusco

Espinar

26

10

30

10

5

Comisión Multisectorial.

15

Piura

Feria Agroecológica

Piura

Piura

10

12

12

12

3

DRA. y Gob. Regional Piura.

FUENTE: Calendarios Regionales de Ferias y Eventos Agropecuarios Año 2016, Apurímac, Cusco y Piura.

1353042-2 peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a cinco (05) militares de los Estados Unidos de América, del 12 al 20 de marzo de 2016, con la finalidad de visitar el Perú como parte del programa del conocimiento cultural en la Academia Naval de los Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2016-DE/SG Lima, 4 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 809 del 02 de diciembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América; Que, con Oficio G.500- 0611, del 08 de febrero de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, del 12 al 20 de marzo de 2016, con la finalidad de visitar el Perú como parte del programa del conocimiento cultural en la Academia Naval de los Estados Unidos; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio

1

Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

1353596-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 224-2016-DE/SG Lima, 4 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 22 del 14 de enero de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 373 CCFFAA/CIOEC/SG, del 25 de enero de 2016, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.