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580198 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2016 / El Peruano del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Protocolo de actuación interinstitucional para el proceso inmediato en casos de fl agrancia y otros supuestos bajo el Decreto Legislativo Nº 1194. Apruébese el Protocolo de actuación interinstitucional para el proceso inmediato en casos de fl agrancia y otros supuestos bajo el Decreto Legislativo Nº 1194, en lo que compete a las responsabilidades asignadas a la Policía Nacional del Perú en el instrumento normativo, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Cumplimiento obligatorio del Protocolo de actuación interinstitucional para el proceso inmediato en casos de fl agrancia y otros supuestos bajo el Decreto Legislativo Nº 1194. El Protocolo de actuación interinstitucional para el proceso inmediato en casos de fl agrancia y otros supuestos bajo el Decreto Legislativo Nº 1194, es de obligatorio cumplimiento por parte del personal policial a nivel nacional. La Dirección General de la Policía Nacional del Perú dispondrá las medidas pertinentes para el cumplimiento del mismo. Artículo 3.- Capacitación Encargar a la Dirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú la incorporación del Protocolo de actuación interinstitucional para el proceso inmediato en casos de fl agrancia y otros supuestos bajo el Decreto Legislativo Nº 1194, en la etapa de formación de cadetes y alumnos, así como cursos de capacitación y perfeccionamiento para el personal policial. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el Diario Ofi cial El Peruano y el Protocolo de actuación interinstitucional para el proceso inmediato en casos de fl agrancia y otros supuestos bajo el Decreto Legislativo Nº 1194, así como la respectiva Resolución aprobatoria se publican en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Policía Nacional del Perú (www.pnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1353521-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Viceministro de Justicia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 043-2016-JUS Lima, 8 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 092-2015- JUS, de fecha 16 de mayo de 2015, se designa al señor abogado Alfonso Jesús Garcés Manyari como Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Suprema N° 033-2016- JUS, de fecha 01 de marzo de 2016, se aceptó la renuncia formulada por el señor abogado Alfonso Jesús Garcés Manyari al cargo de Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, en consecuencia resulta necesario designar al funcionario que ejerza las funciones inherentes a dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 29809; Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor abogado Roger Rafael Rodríguez Santander, en el cargo de Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1353890-1 Aprueban el Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0050-2016-JUS Lima, 1 de marzo de 2016 VISTO, el Ofi cio Nº 0143-2016-JUS/OGTI, de la Ofi cina General de Tecnologías de Información; el Ofi cio Nº 533-2016-JUS/OGPP-OPRE, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; la Hoja de Envío Nº 523- 2016-JUS/SG y el Informe Nº 201-2016-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, se crea el Sistema Nacional de Informática, cuya competencia comprende la instrumentalización jurídica y de mecanismos técnicos para el ordenamiento de los recursos de cómputo y de la actividad informática del Estado, así como toda la documentación asociada; la operación y explotación de los bancos de datos y archivos magnéticos de información al servicio de la gestión pública; correspondiendo a este desarrollo la planeación sistemática de procesos, métodos y técnicas, apoyadas en ciencia y técnica aplicada, que se establecen con el fi n de usar, procesar y transportar información; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 19-2011- PCM, se aprueba como actividad permanente la “Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la Administración Pública” y su respectiva Guía de Elaboración, en la que dictan las normas sobre los procedimientos y lineamientos técnicos para la formulación anual del Plan Operativo Informático de las entidades de la Administración Pública; Que, asimismo el artículo 4 de la resolución citada precedentemente, dispone que las entidades deben registrar en la página web del Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe/poi) el Plan Operativo Informático (POI); Que, el Plan Operativo Informático (POI) constituye un instrumento de gestión de corto plazo, que permite defi nir las actividades informáticas de las entidades de la Administración Pública, integrantes del Sistema Nacional de Informática en sus diferentes niveles; Que, la Ofi cina General de Tecnologías de Información ha formulado el proyecto del Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para