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580459 NORMAS LEGALES Viernes 11 de marzo de 2016 El Peruano / del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO QUINCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 115 691 908,00), a favor del pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, para atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 115 691 908,00 ---------------------- TOTAL EGRESOS 115 691 908,00 ============ A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores UNIDAD EJECUTORA 001 : Secretaria General ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 107 807 702,00 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS En Soles ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 7 884 206,00 =========== TOTAL EGRESOS 115 691 908,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1354938-3 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado DECRETO SUPREMO Nº 044-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado en su artículo 52 establece las funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, entre las cuales destaca la de velar y promover que las Entidades realicen contrataciones efi cientes, bajo los parámetros de la Ley, su reglamento y normas complementarias; la maximización del valor de los fondos públicos y la gestión por resultados; efectuar acciones de supervisión de ofi cio, de forma aleatoria y/o selectiva, respecto de los métodos de contratación contemplados en la Ley, así como supervisiones a pedido de parte, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y directivas vigentes; implementar actividades y mecanismos de desarrollo de capacidades y competencias en la gestión de las contrataciones del Estado, así como de difusión en materia de contrataciones del Estado; resolver los asuntos de su competencia en última instancia administrativa; administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y el Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE), entre otras; Que, mediante Resolución Nº 236-2012-OSCE/PRE se aprueba el Plan Estratégico Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE para el período 2012-2016, el cual contempla el desarrollo de cinco objetivos estratégicos centrados en mejorar su rol supervisor del régimen de contratación pública, para lo cual se han establecido planes de acción estratégica para el Año Fiscal 2016; Que, las Ofi cinas de Planeamiento y Desarrollo, y la de Administración del Organismo Supervisor de las