Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2016 (11/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 11 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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puedan tener una continuidad en su cargo por lo menos de un periodo de dieciocho (18) meses; acotando que la Organización de los Estados Americanos (OEA) asumirá los costos de alojamiento (habitación doble compartida), desayuno y almuerzo; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 53-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 18 de febrero de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en misión de estudios, del 13 al 18 de marzo de 2016, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, de los Capitanes de la Policía Nacional del Perú Mario Antonio Carrasco Quispe y Serguei Vladislav Ortega Casamayor, para que participen en el evento académico indicado en el primer considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple Nº 58-2016-DIRGENPNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 24 de febrero de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando además que el mismo irrogará gastos al Estado; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento académico indicado, redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional; debiendo señalarse que los gastos parciales que irrogará dicha participación, por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el numeral 3) del artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el segundo párrafo del artículo 5º del Decreto Supremo antes acotado, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establece que sobre la base de la referida Escala de Viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el diario oficial "El Peruano", las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos, considerando las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de financiamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fiscal; Que, en este contexto, mediante Resolución Ministerial Nº 0570-2015-IN, de fecha 22 de setiembre de 2015, el Ministerio del Interior ha aprobado los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal policial y civil del Sector, a quienes se les otorgará el 70% del total de viáticos cuando se cubre alimentación, 40% si se cubre el hospedaje y 20% si se cubre hospedaje y alimentación; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuestas por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de

Ministros, la misma que es publicada en el Diario oficial El Peruano; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en misión de estudios, de los Capitanes de la Policía Nacional del Perú Mario Antonio Carrasco Quispe y Serguei Vladislav Ortega Casamayor, del 13 al 18 de marzo de 2016, a la ciudad de Miami - Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos parciales por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Viáticos Pasajes 440.00 1,113.00 5 2 2 = = Días Pers. Sub total US$ 4,400.00 2,226.00 Financ. Total US$ 20% 880.00 880.00 2,226.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1354942-5

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación por vía diplomática a la República de Argentina
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2016-JUS Lima, 10 de marzo de 2016

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