Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2016 (11/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Viernes 11 de marzo de 2016 /

El Peruano

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1354938-5

se eleva a la Oficina General de Administración o la que haga sus veces, la que, de encontrarlo conforme, emite la resolución aprobatoria respectiva dentro de los quince (15) días de recibido el citado Informe; Que, sin embargo, la Directiva Nº 001-2015/SBN, "Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales" aprobada por la Resolución Nº 046-2015/SBN establece que los actos de disposición que se realicen en el marco de la Ley Nº 27995 y su reglamento, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, teniendo en consideración la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, así como lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y conforme a la opinión técnica de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales contenida en el Oficio Nº 029-2016/SBN-DNR-SDNC, resulta conveniente delegar la competencia asignada al Titular de la Entidad por el artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 27995 aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2004-EF, con el propósito de lograr una mayor fluidez a la marcha administrativa del Ministerio; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación en la aprobación de la transferencia de bienes dados de baja a favor de Centros Educativos Estatales Delegar en el Director General de la Oficina General de Administración la competencia de aprobar el acto administrativo mediante el cual se autoriza la transferencia de bienes dados de baja a favor de Centros Educativos Estatales beneficiados en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27995 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2004-EF. Artículo 2.- De las actuaciones realizadas El Director General de la Oficina General de Administración está obligado a dar cuenta trimestralmente al Ministro de Economía y Finanzas, respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1354780-1

Delegan en el Director General de la Oficina General de Administración la competencia de aprobar el acto administrativo que autoriza la transferencia de bienes dados de baja a favor de Centros Educativos Estatales beneficiados en el marco de la Ley Nº 27995 y su Reglamento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2016-EF/43 Lima, 10 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, por Ley Nº 27995, se establecen los procedimientos para asignar bienes dados de baja por las entidades estatales, a favor de los centros educativos de las regiones de extrema pobreza; Que, mediante el artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 27995, que establece procedimientos para asignar bienes dados de baja por entidades estatales, a favor de centros educativos de regiones de extrema pobreza, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2004-EF, se dispone que la entidad estatal, mediante resolución de su Titular, aprueba la transferencia de bienes muebles dados de baja a favor de Centros Educativos Estatales de regiones de extrema pobreza, mediante el procedimiento previsto en el citado reglamento; Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en su artículo 11 establece que las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales, realizan los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes estatales, de acuerdo con lo dispuesto por la precitada Ley y su reglamento; Que, los artículo 118 y 124 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establecen que la Oficina General de Administración o la que haga sus veces de cada entidad es el órgano responsable del correcto registro, administración y disposición de sus bienes muebles y la unidad orgánica responsable del control patrimonial se encarga de emitir el informe técnico que sustente el acto de disposición o administración a realizar, el mismo que

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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2016-MINEDU Lima, 10 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Vicepresidente de Westat, cursa invitación a la señora KARIM VIOLETA BOCCIO ZUÑIGA, Especialista de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, para participar en la reunión denominada "PISA First Meeting of National Project Managers" que se llevará a cabo en la ciudad de Praga, República Checa, del 14 al 18 de marzo de 2016; Que, la referida reunión tiene por objeto preparar un reporte internacional para la difusión de instrumentos cognitivos y cuestionarios de evaluación del rendimiento estudiantil en el marco del Programa Internacional para la Evaluación de Estudiantes (PISA); Que, la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría

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