Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2016 (11/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Viernes 11 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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General del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 039-2016-MINEDU/SG-OGCI señala que, resulta importante la participación del Ministerio de Educación en el citado evento, teniendo en cuenta que permitirá el intercambio de información sobre los desafíos del proceso de traducción y adaptación sobre la cobertura y respuestas a las pruebas cognitivas, lo que coadyuvará al cumplimiento de los estándares de calidad establecidos por la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo; Que, en consecuencia, y siendo de interés para la Institución, resulta necesario autorizar el viaje de la señora KARIM VIOLETA BOCCIO ZUÑIGA, Especialista de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, cuyos gastos de pasajes aéreos, así como los gastos por conceptos de viáticos e instalación serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora KARIM VIOLETA BOCCIO ZUÑIGA, Especialista de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a la ciudad de Praga, República Checa, del 12 al 19 de marzo de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026, de acuerdo al siguiente detalle: KARIM VIOLETA BOCCIO ZUÑIGA Pasajes aéreos (incluye TUAA) : US$ 1,815.00 Viáticos : US$ 3,240.00 (05 días de evento y 01 día de instalación ­ US $ 540.00 x día) Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria citada en el artículo precedente deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1354940-1

Aprueban Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en los Colegios de Alto Rendimiento"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 032-2016-MINEDU Lima, 10 de marzo de 2016 VISTOS, el Expediente 0229938-2015, el Informe N° 007-2016-MINEDU/ VMGP/ DIGESE/ASESORIA LEGAL/ RRL e Informe N° 011-2016-MINEDU/VMGP/ DIGESE/ ASESORIA LEGAL/RRL de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, el Informe N° 163-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal a) del artículo 80 de la referida Ley, señala que es una función del Ministerio de Educación definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional y establecer políticas específicas de equidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU se crea el "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño", con el objetivo de impulsar una educación de excelencia, con calidad y equidad; en concordancia con la necesidad de crear modalidades de atención que permitan brindar un servicio educativo a grupos específicos de estudiantes de educación secundaria que demuestren un alto desempeño académico, artístico y/o deportivo, otorgándoles la oportunidad que en el sétimo ciclo de la Educación Básica Regular, desarrollen un proceso formativo de gran rigor y exigencia académica, artística y/o deportiva, que les permitan desarrollar en real dimensión sus potencialidades; Que, mediante Resolución Suprema N° 027-2014-MINEDU, se declara de interés nacional el servicio educativo dirigido a estudiantes de alto desempeño del país, y se establece que el Estado promueve y brinda un servicio educativo con altos estándares de calidad nacional e internacional a aquellos estudiantes que demuestren un alto desempeño académico, artístico y/o deportivo; Que, mediante Informe N° 007-2016-MINEDU/ VMGP/DIGESE/ASESORIA LEGAL/RRL e Informe N° 011-2016-MINEDU/VMGP/DIGESE/ASESORIA LEGAL/ RRL, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados informa y sustenta la necesidad de aprobar una norma técnica que regule las actividades a desarrollarse durante el año escolar 2016 en los Colegios de Alto Rendimiento del país, en atención a los objetivos y enfoques específicos que tienen como modelo de servicio educativo; siendo la finalidad de la referida norma técnica establecer las normas y orientaciones para la planificación, implementación, desarrollo, monitoreo y supervisión de las actividades pedagógicas, de los servicios de bienestar y desarrollo del estudiante y de los servicios de residencia que se ejecutarán durante el año escolar 2016; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en los Colegios de Alto Rendimiento", la

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