Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2016 (13/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Domingo 13 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

580791

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE
Aprueban Ordenanza que establece la Comisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Supe
ORDENANZA Nº 011-2015-SO-CM-MDS Supe, 12 de diciembre de 2015 VISTO En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 008 de fecha 11 de diciembre de 2015; el Informe Nº 581­2015­DGASP­ MDS de fecha 24 de noviembre de 2015, remitido por la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos; el Informe Nº 179-2015-OAJ/RCG-MDS de fecha 26 de noviembre de 2015, remitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 0154-2015-GM/MDS de fecha 26 de noviembre de 2015, remitido por Gerencia Municipal; CONSIDERANDO Que, el Sistema de Planificación Local tiene como principio la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, la gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración, tal como lo indica el artículo IX ­ "Planeación Local" de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 25, numeral 25.1 de la Ley Marco que crea el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Ley Nº 28245, establece que las Comisiones Ambientales Municipales ­ CAM, son las instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política municipal, promover el diálogo y el acuerdo entre los

sectores públicos y privados y, articular sus políticas ambientales con las políticas y sistemas ambientales regionales y nacional; Que, es necesario crear la Comisión Ambiental Municipal Distrital de Supe, para coordinar y concertar acciones entre los órganos de gobierno local, regional y nacional, las instituciones privadas y la sociedad civil del distrito, elaborar y coordinar el Plan de Acción Ambiental (de largo plazo) y la Agenda Ambiental Institucional (de corto plazo); elaborar propuestas de Política y Sistema de Gestión Ambiental Local, elaborar los proyectos e instrumentos de gestión ambiental necesarios; Que, la creación de la Comisión Ambiental Municipal del distrito de Supe, está amparada en el artículo 9, inciso 7; artículo 20, inciso 13; artículos 40º, 46º, 73º, inciso d) y 80º inciso 3.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 25º, numeral 25.2, de la Ley 28245 establece los requisitos de creación de la Comisión Ambiental Municipal; Con la opinión favorable del Concejo Nacional del Ambiente según el artículo 9º de la Ley Nº 28245 que modifica el artículo 4º de la Ley 26410 Que, contando con el voto aprobatorio de la MAYORIA del Concejo Municipal, al amparo de los incisos 7 y 8 del Artículo 9º, facultades conferidas a través del artículo 20 inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que establece la Comisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Supe. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional www. munisupe.gob.pe, conforme los lineamientos descritos en la Ley 29091. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos; el cumplimiento de la presente ordenanza.

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