Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2016 (13/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Domingo 13 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

580787

Colegiado N° 001-2016-MDLM-GDUE/SGOPHU-SGPUCSGLC, proponen la modificación del Decreto de Alcaldía N° 005-2012 y sus modificatorias, conforme a las consideraciones técnicas contenidas en el mismo, a fin de mantener un distrito armónico, ordenado y moderno, enmarcado en la visión de la población del distrito conforme al Plan de Desarrollo Concertado 2012-2021, las cuales han sido ratificadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico mediante Informe Nº 008-2016-MDLM-GDUE; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 070-2016-MDLM-GAJ, ha emitido opinión legal respecto al proyecto de modificación de Decreto de Alcaldía N° 0052012, considerando que la misma resulta legalmente viable; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Modificar el numeral 26 del Cuadro N° 03 contenido en el numeral 18.5, del artículo 18° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM; según el siguiente texto: CUADRO N° 03
N° (...) 26 USOS (...) Posta y/o Centro Médico Municipal o Estatal UN (1) ESTACIONAMIENTO POR CADA (...) 50.00 m2. de área techada total

(...) (3) En lote único con frente principal a vía metropolitana, cuya área total del terreno tenga entre los 1,000 a 1,500 m2, y que cuente con Zonificación Comercio Vecinal (CV), se podrá proyectar viviendas con los parámetros aplicables a Residencial Densidad Media (RDM). Artículo Cuarto.- Derogar el literal e. del artículo 25° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Molina www.munimolina.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano www.serviciosalciudadano.gob.pe. Cuarta.- Encargar la difusión y cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, a la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y a la Subgerencia de Licencias Comerciales. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1355164-1

Artículo Segundo.- Incorporar el numeral 27 en el Cuadro N° 03 contenido en el numeral 18.5, del artículo 18° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM; según el siguiente texto: CUADRO N° 03
N° (...) 27 USOS (...) Casa de Huéspedes y/o Albergue (solo como centro de atención residencial para adultos mayores) UN (1) ESTACIONAMIENTO POR CADA (...) 3 dormitorios (9)

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Ordenanza que aprueba la Adhesión de la Municipalidad de Lurigancho - Chosica a la "Mancomunidad Municipal Lima Este"
ORDENANZA Nº 227-MDL Chosica, 28 de enero de 2016 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO ­ CHOSICA, en Sesión de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 010-2016/MDLCH/SGPP de la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y desarrollo Institucional y el Proyecto de "Ordenanza que aprueba la Adhesión de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica a la Mancomunidad Municipal Lima Este"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ley Nº 29029 ­ Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº

Artículo Tercero.- Incorporar el Ítem (3) en el CUADRO N° 02 - Resumen de Zonificación Comercial, del numeral 11.2 del artículo 11° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM, quedando redactado conforme se indica a continuación: Cuadro N° 02 Resumen de Zonificación Comercial
ALTURA USO RESI- TAMAÑO DE LA DENCIAL DEL EDIFICACOMPATIBLE LOTE CIÓN RDB ­ RDM Según entorno (3) Existente Según proyecto (3) AREA LIBRE No exigible para uso Comercial. Los pisos destinados a vivienda dejarán el área libre requerida según el uso ESTACIONAMIENTO 1 cada 50 m2. de área construida (1) 1 cada 50 m2. de área construida (1)

ZONA

Comercio Vecinal (CV)

3 pisos

ComerExistente cio RDB ­ RDM Según Zonal Según entorno Proyecto (CZ)

5 pisos (2)

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