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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2016 (13/03/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

580787 NORMAS LEGALES Domingo 13 de marzo de 2016 El Peruano / Colegiado N° 001-2016-MDLM-GDUE/SGOPHU-SGPUC- SGLC, proponen la modifi cación del Decreto de Alcaldía N° 005-2012 y sus modifi catorias, conforme a las consideraciones técnicas contenidas en el mismo, a fi n de mantener un distrito armónico, ordenado y moderno, enmarcado en la visión de la población del distrito conforme al Plan de Desarrollo Concertado 2012-2021, las cuales han sido ratifi cadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico mediante Informe Nº 008-2016-MDLM-GDUE; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 070-2016-MDLM-GAJ, ha emitido opinión legal respecto al proyecto de modifi cación de Decreto de Alcaldía N° 005- 2012, considerando que la misma resulta legalmente viable; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Modifi car el numeral 26 del Cuadro N° 03 contenido en el numeral 18.5, del artículo 18° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM; según el siguiente texto: CUADRO N° 03 N° USOS UN (1) ESTACIONAMIENTO POR CADA (…) (…) (…) 26 Posta y/o Centro Médico Municipal o Estatal 50.00 m2. de área techada total Artículo Segundo.- Incorporar el numeral 27 en el Cuadro N° 03 contenido en el numeral 18.5, del artículo 18° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM; según el siguiente texto: CUADRO N° 03 N° USOS UN (1) ESTACIONAMIENTO POR CADA (…) (…) (…) 27 Casa de Huéspedes y/o Albergue (solo como centro de atención residencial para adultos mayores) 3 dormitorios (9) Artículo Tercero.- Incorporar el Ítem (3) en el CUADRO N° 02 - Resumen de Zonifi cación Comercial, del numeral 11.2 del artículo 11° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM, quedando redactado conforme se indica a continuación: Cuadro N° 02 Resumen de Zonifi cación Comercial ZONA USO RESI- DENCIAL COMPATIBLE TAMAÑO DEL LOTE ALTURA DE LA EDIFICA- CIÓN AREA LIBRE ESTACIONA- MIENTO Comer- cio Vecinal (CV) RDB – RDM Según entor- no (3) Existente Según proyecto (3) 3 pisos No exigible para uso Comercial. Los pisos destinados a vivienda dejarán el área libre requerida según el uso 1 cada 50 m2. de área cons- truida (1) Comer- cio Zonal (CZ) RDB – RDM Según entorno Existente Según Proyecto 5 pisos (2) 1 cada 50 m2. de área cons- truida (1) (…) (3) En lote único con frente principal a vía metropolitana, cuya área total del terreno tenga entre los 1,000 a 1,500 m2, y que cuente con Zonifi cación Comercio Vecinal (CV), se podrá proyectar viviendas con los parámetros aplicables a Residencial Densidad Media (RDM). Artículo Cuarto.- Derogar el literal e. del artículo 25° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segunda.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Molina www.munimolina.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano www.serviciosalciudadano.gob.pe. Cuarta.- Encargar la difusión y cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, a la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y a la Subgerencia de Licencias Comerciales. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1355164-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Ordenanza que aprueba la Adhesión de la Municipalidad de Lurigancho - Chosica a la “Mancomunidad Municipal Lima Este” ORDENANZA Nº 227-MDL Chosica, 28 de enero de 2016 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO – CHOSICA, en Sesión de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 010-2016/MDLCH/SGPP de la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y desarrollo Institucional y el Proyecto de “Ordenanza que aprueba la Adhesión de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica a la Mancomunidad Municipal Lima Este”; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 28607 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ley Nº 29029 – Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº