Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2016 (13/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Domingo 13 de marzo de 2016 /

El Peruano

Municipales 2016, por lo que debe elevarse al Concejo Municipal para su deliberación en Sesión de Concejo. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º numeral 8) y 40º de la Ley orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA PRORROGA DEL VENCIMIENTO DEL PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL Y LA PRIMERA Y SEGUNDA CUOTA DEL ARBITRIO MUNICIPAL 2016 EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Marzo del 2016, el Vencimiento del Primer Trimestre del Impuesto Predial y la Primera y Segunda Cuota del Arbitrio Municipal 2016. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza tendrá vigencia desde el 1º de Marzo del 2016. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza y del Reglamento aprobado a la Gerencia de Rentas y demás órganos competentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1355128-1

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Modifican el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito
DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2016 La Molina, 29 de febrero de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: La propuesta planteada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico según Informe Nº 008-2016-MDLM-GDUE, sustentado en el Informe Colegiado Nº 001-2016-MDLM-GDUE/SGOPHUSGPUC-SGLC, elaborado por la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y la Subgerencia de Licencias Comerciales, sobre modificación del Decreto de Alcaldía Nº 005-2012-MDLM, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito de La Molina y sus modificatorias los Decretos de Alcaldía N° 020-2012, N° 012-2013, N° 015-2013, N° 026-2013, N° 008-2014, N° 014-2014, N° 032-2014, N° 045-2014, N° 015-2015 y N° 016-2015; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo, el Artículo 195° de la norma constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;

Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece la finalidad de los gobiernos locales señalando que estos representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley acotada, señala que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. Proceso en el que se establecen políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, en ese sentido el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 74° de la Ley N° 27972, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida, una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución, fiscalización y control en las materias de su competencia, conforme a la citada Ley y a la Ley de Bases de la Descentralización; Que, asimismo, el numeral 3.6.4 del Artículo 79°, de la Ley antes mencionada, dispone que es función exclusiva de las municipalidades distritales, entre otras, normar, regular y otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación; Que, la Ley N° 30056, Ley Que Modifica Diversas Leyes Para Facilitar La Inversión, impulsar el Desarrollo Productivo y el Crecimiento Empresarial, en su Capítulo III, indica la simplificación de autorizaciones municipales para propiciar la inversión en materia de servicios públicos y obras públicas de infraestructura; asimismo, el numeral 3,6 del Artículo 83 de la Ley N° 27972 señala el otorgamiento de licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, mediante Ordenanza N° 1144-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobó el reajuste integral de la Zonificación de los Usos del Suelo del Distrito de La Molina, que es parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y III de Lima Metropolitana; Que, el Artículo 6° de la Ordenanza N° 1144-MML, establece que la Municipalidad Distrital de La Molina, en estricta sujeción a los planos y normas aprobadas en dicha Ordenanza, debe formular y aprobar vía Decreto de Alcaldía los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios de Estacionamientos, Retiros, Tamaños mínimos de departamentos, para su aplicación en la Jurisdicción del distrito; Que, la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 1144-MML, dispone que la Municipalidad Distrital de La Molina formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, las Normas sobre estándares de Calidad y el Cuadro de Niveles Operacionales para la localización de Actividades Urbanas en el Distrito; Que mediante la Ordenanza N° 1661-MML, se aprobó la Actualización de la Zonificación de los Usos del Suelo e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas, del distrito de La Molina; Que, en cumplimiento a lo señalado por la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 1144-MML esta corporación Edil a través del Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM, aprobó el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina; Que, el mencionado Decreto de Alcaldía N° 0052012-MDLM, Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, fue modificado posteriormente por los Decretos de Alcaldía N° 020-2012, Nº 012-2013, Nº 015-2013, Nº 026-2013, Nº 008-2014, Nº 014-2014, Nº 032-2014, Nº 045-2014, Nº 015-2015 y Nº 016-2015, realizándose modificaciones derivadas de la realidad del distrito de La Molina; Que, la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y la Subgerencia de Licencias Comerciales, mediante Informe

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