Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2016 (13/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Domingo 13 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

580783

15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Tercero.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO las normas que se opongan a la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza y del Reglamento aprobado a la Gerencia de Rentas y demás órganos competentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde

INFRACCIONES SUBSANABLES Y SANCIONADAS CON MULTA
CRITERIO DE GRADUALIDAD: SUBSANACION (1) Y/O PAGO(2) (Porcentaje de Rebaja de la Multa establecida en la Tabla II) SUBSANACION INDUCIDA SUBSANACION En Etapa En Etapa En En VOLUN- de Fiscade Recla- Cobranza TARIA lización Cobranza mación Coactiva

SANCION INFRACCION DESCRIPCION DE LA INFRACCION FORMA DE SUBSANAR LA INFRACCION

Tributo Tributo Omitido no y no Pagado percibido

Artículo 173º

1. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE INSCRIBIRSE, ACTUALIZAR O ACREDITAR LA INSCRIPCION EN LOS REGISTROS DE LA ADMIISTRACION TRIBUTARIA

Proporcionar o comunicar la información, incluyendo la requerida por la Administración Tributaria, relativa a los antecedentes o Numeral 2 datos para la inscripción, cambio de domicilio, o actualización en los registros, no conforme con la realidad.

25% de la UIT

Proporcionando o comunicando la información conforme a la realidad, según lo previsto en normas que correspondan.

99%

99%

98%

97%

97%

No proporcionar o comunicar a la Administración Tributaria informaciones relativas a los antecedentes o datos para la 25% de la Numeral 5 inscripción, cambio de domicilio UIT o actualización en los registros o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administración Tributaria. No consignar el número de registro del contribuyente en las comunicaciones, declaraciones Numeral 6 informativas u otros documentos similares que se presenten ante la Administración Tributaria. 2. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la 50% de la deuda tributaria dentro de los plazos UIT establecidos.

Proporcionando o comunicando la información omitida, según lo previsto en norma correspondiente.

99%

98%

98%

97%

97%

15% de la UIT

Presentando una nueva comunicación, declaración informativa o documento, en la que se añada el número de registro del contribuyente que se presenten ante la Municipalidad de Comas.

100%

100%

100%

100%

100%

Artículo 176º

Numeral 1

Presentando declaración Jurada omitida.

99%

99%

98%

97%

97%

No presentar otras declaraciones o 15% de la Numeral 2 comunicaciones dentro de los plazos UIT establecidos Presentar las declaraciones que 25% de la Numeral 3 contengan la determinación de la UIT deuda tributaria en forma incompleta

Presentar declaración Jurada o comunicación omitida. Presentando la declaración jurada rectificatoria correspondiente en la que se consigne la información omitida. Presentando la declaración Jurada o comunicación nuevamente para añadir la información omitida Pagando la multa rebajada

99%

98%

98%

96%

96%

98%

98%

96%

96%

92%

Presentar otras declaraciones o 15% de la Numeral 4 comunicaciones en forma incompleta UIT o no conformes con la realidad. Presentar más de una declaración 15% de la Numeral 5 rectificatoria relativa al mismo tributo UIT y período tributario. Presentar más de una declaración rectificatoria de otras declaraciones o comunicaciones referidas a un mismo concepto y período. 15% de la UIT

98%

98%

95%

95%

95%

99%

97%

97%

95%

95%

Numeral 6

Pagando la multa rebajada

99%

99%

99%

99%

99%

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.