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580783 NORMAS LEGALES Domingo 13 de marzo de 2016 El Peruano / 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Tercero.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza y del Reglamento aprobado a la Gerencia de Rentas y demás órganos competentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde INFRACCIONES SUBSANABLES Y SANCIONADAS CON MULTA INFRA- CCION DESCRIPCION DE LA INFRACCION SANCION FORMA DE SUBSANAR LA INFRACCION CRITERIO DE GRADUALIDAD: SUBSANACION (1) Y/O PAGO(2) (Porcentaje de Rebaja de la Multa establecida en la Tabla II) Tributo Omitido y no percibido Tributo no Pagado SUBSA- NACION VOLUN- TARIA SUBSANACION INDUCIDA En Etapa de Fisca- lización En Cobranza En Etapa de Recla- mación En Cobranza Coactiva Artículo 173º 1. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE INSCRIBIRSE, ACTUALIZAR O ACREDITAR LA INSCRIPCION EN LOS REGISTROS DE LA ADMIISTRACION TRIBUTARIA Numeral 2 Proporcionar o comunicar la información, incluyendo la requerida por la Administración Tributaria, relativa a los antecedentes o datos para la inscripción, cambio de domicilio, o actualización en los registros, no conforme con la realidad. 25% de la UIT Proporcionando o comunicando la información conforme a la realidad, según lo previsto en normas que correspondan. 99% 99% 98% 97% 97% Numeral 5 No proporcionar o comunicar a la Administración Tributaria informaciones relativas a los antecedentes o datos para la inscripción, cambio de domicilio o actualización en los registros o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administración Tributaria. 25% de la UIT Proporcionando o comunicando la información omitida, según lo previsto en norma correspondiente. 99% 98% 98% 97% 97% Numeral 6 No consignar el número de registro del contribuyente en las comunicaciones, declaraciones informativas u otros documentos similares que se presenten ante la Administración Tributaria. 15% de la UIT Presentando una nueva comunicación, declaración informativa o documento, en la que se añada el número de registro del contribuyente que se presenten ante la Municipalidad de Comas. 100% 100% 100% 100% 100% Artículo 176º 2. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES Numeral 1 No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. 50% de la UIT Presentando declaración Jurada omitida. 99% 99% 98% 97% 97% Numeral 2 No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos 15% de la UIT Presentar declaración Jurada o comunicación omitida. 99% 98% 98% 96% 96% Numeral 3 Presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria en forma incompleta 25% de la UIT Presentando la declaración jurada rectificatoria correspondiente en la que se consigne la información omitida. 98% 98% 96% 96% 92% Numeral 4 Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta o no conformes con la realidad. 15% de la UIT Presentando la declaración Jurada o comunicación nuevamente para añadir la información omitida 98% 98% 95% 95% 95% Numeral 5 Presentar más de una declaración rectificatoria relativa al mismo tributo y período tributario. 15% de la UIT Pagando la multa rebajada 99% 97% 97% 95% 95% Numeral 6 Presentar más de una declaración rectificatoria de otras declaraciones o comunicaciones referidas a un mismo concepto y período. 15% de la UIT Pagando la multa rebajada 99% 99% 99% 99% 99%