Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2016 (16/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de marzo de 2016 /

El Peruano

Amplían alcances de la migración dispuesta en el artículo 2 de la R.M. Nº 337-2014MTC/03, incluyéndose a los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en la banda 692 - 698 MHz
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2016 MTC/01.03 Lima, 11 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, en su artículo 57, establece que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya utilización y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones señaladas por la mencionada Ley y su Reglamento; Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, en su artículo 199, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; Que, el numeral 2 del artículo 123 del citado Reglamento General, dispone que el otorgamiento de la concesión y las asignaciones de espectro que correspondan, se efectuarán por concurso público de ofertas, cuando así se señale en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias; Que, el artículo 159 del referido Reglamento General, prevé que mediante resolución del Titular del Ministerio se podrá, para casos específicos, encargar a otra entidad la conducción del concurso público de ofertas y el otorgamiento de la buena pro; Que, en este marco legal, mediante Resolución Ministerial Nº 337-2014-MTC/03, se dispuso: i) la realización del Concurso Público para otorgar concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y asignar los bloques de la banda 698 - 806 MHz; y, ii) las condiciones para la migración de los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en la banda 698 - 746 MHz a las bandas 470 - 608 MHz y 614 - 698 MHz, entre otros; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 7292015-MTC/01.03, se dispuso la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" del proyecto de Resolución Ministerial que amplía los alcances de la migración dispuesta mediante la Resolución Ministerial Nº 337-2014-MTC/03, incluyéndose a los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión con asignación de espectro radioeléctrico en el canal 692 ­ 698 MHz, habiéndose recibido y evaluado los comentarios de los interesados; Que, mediante Informe Nº 015-2016-MTC/26, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones recomienda la aprobación del proyecto de Resolución Ministerial que amplía los alcances de la migración establecida en la Resolución Ministerial Nº 337-2014-MTC/03 a los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en la banda 692 - 698 MHz; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, y la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Con la opinión favorable de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones;

SE RESUELVE: Artículo Único.- Condiciones adicionales para la migración establecida en la Resolución Ministerial Nº 337-2014-MTC/03 Amplíese los alcances de la migración dispuesta en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 337-2014MTC/03, incluyéndose a los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en la banda 692-698 MHz. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1355938-1

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial constituida por R.S Nº 015-2016-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2016 MTC/01.02 Lima, 14 de marzo de 2016 VISTOS: El Memorándum Nº 535-2016-MTC/02.AL.AAH del Viceministerio de Transportes y el Memorándum Nº 03412016-MTC/04 de la Secretaría General, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2016PCM se constituyó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio del Interior, que tiene por objeto elaborar un informe técnico que contenga el proyecto normativo del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1236, Decreto Legislativo de Migraciones; Que, de acuerdo a los artículos 2 y 3 de la Resolución Suprema Nº 015-2016-PCM, la referida Comisión Multisectorial está conformada, entre otros, por un representante titular y uno alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quienes serán designados mediante resolución del Titular del Sector; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal constituida por Resolución Suprema Nº 015-2016-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370; la Ley Nº 27594; el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y la Resolución Suprema Nº 015-2016-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Director de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y al Director de la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Multisectorial constituida por Resolución Suprema Nº 015-2016-PCM. Artículo 2.- Los representantes del Ministerio designados en el artículo precedente deberán llevar a cabo el encargo encomendado, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2007-MTC/09, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 001-2007-MTC/09. Artículo 3.- Notificar la presente resolución al Ministerio del Interior, así como a los representantes designados en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1355939-1

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