Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2016 (16/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 16 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

580961

Otorgan permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo, a la compañía HELI -ABAD S.A.C.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 058-2016-MTC/12 Lima, 3 de febrero del 2016

General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad técnica. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial ­ Trabajo Aéreo: Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Prospección, Carga Externa ÁMBITO DEL SERVICIO:

Vista la solicitud de la compañía HELI - ABAD S.A.C., sobre el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Prospección, Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº 2015048310 del 06 de agosto del 2015, Documento de Registro Nº 163783 del 21 de setiembre del 2015, Documento de Registro Nº 197331 del 16 de noviembre del 2015 y Documento de Registro Nº 2015-048310-A del 30 de diciembre del 2015 la compañía HELI - ABAD S.A.C. solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Prospección, Carga Externa; Que, según los términos del Memorando Nº 22982015-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 343-2015-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 195-2015-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 0072016-MTC/12.07 emitido por el Coordinador Técnico de Asuntos Económico Financieros e Informe Nº 046-2016MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía HELI - ABAD S.A.C., el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la compañía HELI - ABAD S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección

- Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Robinson R44 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Helipuerto Kusu Grande ­ Estación 6, Rodríguez Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huascarán / Anta. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas, Helipuerto Las Bambas. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Cajamarca, Helipuerto Playa Azul ­ Estación 8, Jaén. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Helipuerto Cashiriari 3, Helipuerto Kinteroni, Helipuerto Mipaya, Helipuerto Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, Nuevo Mundo, Patria, Tangoshiari, Yauri. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO - Huánuco, Tingo María, Pueblo Libre de Codo. DEPARTAMENTO: ICA - Helipuerto de Superficie María Reiche, Las Dunas, Nasca / María Reiche Neuman, Pisco. DEPARTAMENTO: JUNÍN - Cutivereni, Helipuerto Mapi, Jauja, Los Misioneros, Mazamari. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Chagual, Huamachuco, Pata de Gallo, Pías, Trujillo, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: LAMBAYEQUE - Chiclayo. DEPARTAMENTO: LIMA - CALLAO - Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez", Helipuerto Elevado de Interbank, Helipuerto Elevado del Hotel Los Delfines, Helipuerto Elevado del Hotel Oro Verde, Lib Mandi Metropolitano, Las Palmas. DEPARTAMENTO: LORETO - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, El Estrecho, Helipuerto Fernando Rosas ­ Estación Morona, Helipuerto HP-1, Helipuerto Jibaro Marshalling, Helipuerto Nuevo Andoas ­ Estación Andoas, Helipuerto Piraña, Helipuerto Sargento Puño, Helipuerto Andoas, Helipuerto Trompeteros, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa, Requena, San Lorenzo, Shanusi, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MADRE DE DIOS Iñapari, Puerto Maldonado.

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