Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2016 (24/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
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Jueves 24 de marzo de 2016 /

El Peruano

En sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, el Proyecto de Reglamento Interno del Concejo Distrital de Mi Perú y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680 "Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización", reconoce a las Municipalidades como los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Art. 200°, inciso 4) de la Constitución tienen rango de ley. Que, el Reglamento Interno del Concejo, es un instrumento jurídico municipal que contiene los lineamientos de las funciones del Concejo Municipal (entiéndase Alcalde y Regidores) en la Corporación Edil; debiendo ser publicado para sus efectos legales. Que, en concordancia con la autonomía política que gozan los Gobiernos Locales, el artículo 9° numeral 12 de la Ley N° 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones que confieren el inciso 8 y 12 de los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto UNÁNIME de los nueve regidores que conforman el Concejo: Zósimo Bonilla Mateo, Elizabeth Kary Martínez Bellido, Irvin Teodorico Chávez León, Dilma Isabel Sánchez Rodríguez, Rafaella Rubí Sachún Nureña, Paola Raquel Arrunátegui Sánchez, Karla Gianina Montalván García, Darwin Juan Jesús Espejo Bernal y Ángel Rolando Merino Miranda y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL "REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ" Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Concejo ­ RIC de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el Concejo Municipal de acuerdo a Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR su publicación de acuerdo a Ley, haciendo entrega a cada uno de los miembros del Concejo Municipal. Registre, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1344858-1

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que Reglamenta y Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el distrito de Mi Perú, el Informe Nº 019-2016-MDMP/ GPV, emitido por el Gerente de Participación Vecinal, el Informe Nº 012-2016-MDMP-GAJ y el Dictamen Nº 01-2016-CPV-MDMP, de la Comisión de Participación Vecinal. CONSIDERANDO: Que, con el Informe Nº 019-2016-MDMP/GPV, el Gerente de Participación Vecinal, señala lo siguiente: - Que, remite Proyecto de Ordenanza que Reglamenta y Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el distrito de Mi Perú. - Que, el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, faculta a dicha Gerencia en esta competencia. Que, mediante el Informe Nº 012-2016- MDMP-GAJ, de fecha 17.02.2016., el Gerente de Asesoría Jurídica indica: - Que, el artículo 106º de la Ley Nº 27972, define a la Junta de Delegados Vecinales Comunales como el órgano de coordinación integrado por los representantes de agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito dentro de la provincia, y que están organizadas, principalmente como juntas vecinales. - Que, por otro lado, el artículo 111º del dispositivo en mención señala que, los vecinos de una circunscripción municipal interviene en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia. - Que, el artículo 112º de la Ley Nº 27972, determina que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión. - Que, de otra parte, según el artículo 113º, numeral 6, de dicha ley, el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de sus distrito y su provincia, mediante el mecanismo de participación a través de Juntas Vecinales, Comités de Vecinos, Asociaciones Vecinales, Organizaciones Comunales, Sociales u otras similares de naturaleza vecinal. - Que, mediante el artículo 116º de la norma de referencia se establece que, los Concejos Municipales, a propuesta del Alcalde, de los regidores o a petición de los vecinos, constituyen Juntas Vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones; las juntas estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la ordenanza de su creación. Las Juntas Vecinales Comunales a través de sus representantes acreditados, tendrán derecho a voz en las sesiones de concejo municipal. - Que, adicionalmente en dicho artículo se señala que, el concejo municipal aprueba el reglamento de organización y funciones de las Juntas Vecinales Comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberá someterse. - Que, a razón de la normatividad vigente citada, la Gerencia de Participación Vecinal, mediante Informe Nº 019-2016-MDMP/GPV de fecha 10.02.2016., presenta la Propuesta de Ordenanza que Regula las elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el distrito de Mi Perú, remitiendo adjunto el respectivo Proyecto de Ordenanza. - Siendo de opinión favorable respecto a la aprobación de la presente ordenanza.

Reglamentan y regulan las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el distrito
ORDENANZA Nº 009-MDMP Mi Perú, 23 de febrero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ

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