Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2016 (24/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 24 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

581637

Administración Tributaria y a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaría General la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- VIGENCIA: La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- PUBLICACIÓN EN PÁGINA WEB DE LA MSI: Sin perjuicio de la obligación legal establecida en el Artículo Segundo, la presente Ordenanza será publicada íntegramente en la página web de la Municipalidad Distrital de San Isidro (www. munisanisidro.gob.pe), POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los 16 días del mes de marzo del año 2016. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1359533-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
Ratifican el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016 del distrito
ORDENANZA Nº 006-2016-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 4 de marzo del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 006-2015, celebrada en la fecha, el Informe Nº 005-2016-CODISEC/ MDCLR, de fecha 29 de enero 2016, de la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC, quien remite el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016, del distrito de Carmen de la Legua Reynoso. CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, señala que las Municipalidades brindan servicios de seguridad ciudadana, con la respectiva cooperación de la Policía Nacional, conforme a Ley. Que, conforme al artículo 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las municipalidades según su condición de provincial o distrital establecerán un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y la Policía Nacional. Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27933, modificado por Ley Nº 30055, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por el CONASEC. Igualmente supervisan y evalúan su ejecución. Que, según Resolución Ministerial Nº 010-2015-IN de fecha 09 de Enero del 2015 del Ministerio del Interior, se aprobó la Directiva Nº 001-2015-IN sobre lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones en el marco de la política

nacional diseñado por la Comisión Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC). Que, el numeral VI Disposiciones Específicas de la citada Directiva Sección C señala: Los criterios para la formulación y aprobación de los planes de seguridad ciudadana son: Numeral 6. Además de su aprobación por los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, deberán ser ratificados por los Concejos Municipales según corresponda, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 47º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Que, mediante Informe Nº 005-2016-CODISEC/ MDCLR, la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana remite el Plan de Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016, del distrito de Carmen de la Legua Reynoso, aprobado por el CODISEC el 13 de Enero del 2016, tal como consta en el acta adjunta al informe. Que, mediante Informe Nº 044-2016-GAJ/MDCLR, del 16 de Febrero del 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016, debiéndose remitir al Concejo Municipal para su ratificación. Estando a lo expuesto, y en concordancia a lo dispuesto por la Ley Nº 27933 ­ Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, y la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; y en conformidad al Acuerdo de Concejo Nº 014-2016-MDCLR del 04-03-2016, Dictamen Nº 001-2016-CPVS de la Comisión de Participación Vecinal y Seguridad, con la dispensa del trámite de presentación de lectura y aprobación del acta; y contando con el VOTO UNANIME de los señores regidores, el Concejo Municipal, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL 2016 DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Artículo 1º.- RATIFICAR el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016 del distrito de Carmen de la Legua ­ Reynoso, aprobado el 13 de enero del 2016 por el Comité de Seguridad Ciudadana del distrito de Carmen de la Legua ­ Reynoso. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde 1359803-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL MI PERU
Aprueban el Reglamento Interno del Concejo (RIC) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 001-MDMP Mi Perú, 11 de enero de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ.

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