Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2016 (25/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Viernes 25 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

581657

PODER EJECUTIVO

Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE:

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2016-PCM Lima, 24 de marzo de 2016 VISTOS: El Informe N° 105-2016-PCM/PRO y el Informe N° 02-2016-PCM/PRO de la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo de Defensa Jurídica del Estado N° 012-2015JUS/CDJE de fecha 15 de abril del 2015, la Presidencia del Consejo de Defensa Jurídica del Estado designa al Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros, señor Carlos Enrique Cosavalente Chamorro, para que ejerza la defensa única de los derechos e intereses del Estado, en las investigaciones y procesos judiciales que se inicien contra el ciudadano Gerald Américo Oropeza López; Que, mediante el Oficio N° 325-2016-4°FPSCFECOR-MP-FN-3D, el Fiscal Titular de la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada, a cargo de la Investigación Preparatoria seguida contra el ciudadano Gerald Américo Oropeza López, y otros, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Drogas, en la modalidad de conspiración, en agravio del Estado peruano, notifica a la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, la Providencia de fecha 16 de marzo del año en curso, que señala la programación de diligencias de declaración, y otros, del ciudadano Italiano Salvatore Zazo, en la ciudad de Turín, República Italiana, y se autoriza la participación del Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros, señor Carlos Enrique Cosavalente Chamorro, en las diligencias y coordinaciones con personal de la Corte de Turín, desde el 29 de marzo del presente año; Que, teniendo en consideración la importancia y la trascendencia de las diligencias programadas en torno a la Investigación Preparatoria seguida contra el ciudadano Gerald Américo Oropeza López, y otros, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Drogas, en la modalidad de conspiración, en agravio del Estado peruano; resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor abogado Carlos Enrique Cosavalente Chamorro, Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que participe en representación del Estado peruano en las diligencias dispuestas por la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada; Que, los gastos que genere el presente viaje al exterior son asumidos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Carlos Enrique Cosavalente Chamorro, Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros, del 27 de marzo al 05 de abril de 2016, a la ciudad de Turín, República Italiana, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo (incluye TUUA) Viático (7 días x US$ 540) US$ 1,688.21 US$ 3,780.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguiente a su retorno, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución suprema, deberá presentar ante la Presidencia del Consejo de Ministros un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución suprema no da derecho a liberación o exoneración de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1360383-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio, del Proyecto de "Estrategia Nacional de Biocomercio y Plan de Acción al 2025", el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2016-MINCETUR Lima, 22 de marzo de 2016 Visto, el Memorándum N° 142-2016-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2010-MINCETUR, se crea la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio (en adelante, la Comisión Nacional), de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, que actuará como soporte político y de dirección técnica del Programa Nacional Biocomercio en el Perú, y cuyo objetivo general es lograr la consolidación institucional del referido Programa, a fin de generar un entorno favorable para su desarrollo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 009-2010-MINCETUR, la citada Comisión Nacional tiene entre sus funciones proponer y aprobar cambios y ajustes a las políticas, estrategias y líneas de acción del Programa Nacional Biocomercio en el Perú;

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