Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2016 (25/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 25 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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de Asesoría Jurídica concluye que, en virtud de lo señalado en el Informe N° 000088-2016/DIA/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 9 de febrero de 2016, emitido por el área técnica correspondiente, lo solicitado por la señora Cindy Estefany Rosales Palomino, resulta legalmente viable; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y el Decreto Supremo Nº 07597-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorízase la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de su institución que realiza la Asociación Civil Vichama- Centro de Arte y Cultura conforme se indica en su Estatuto. La inafectación se aplicará durante el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura mediante Resolución Directoral Nº 198-2015-DGIA-VMPCIC-MC. Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura 1360384-4

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial FAP a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 082-2016-DE/FAP Lima, 24 de marzo de 2016 Visto la Carta de fecha 07 de marzo de 2016 del Director de Políticas y Relaciones Internacionales de la Fuerza Aérea Argentina, la Papeleta de Trámite NC-900-EMAI-N° 0397 de fecha 07 de marzo de 2016 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y el Oficio NC-50-DEPE-N° 0288 de fecha 08 de marzo de 2016 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene una permanente e histórica relación de amistad con la Fuerza Aérea Argentina, lo que permite a ambas instituciones realizar el intercambio de Oficiales, así como la observación y el aprendizaje sobre los adelantos que las citadas Fuerza Aéreas han logrado en las ciencias aeronáuticas, en los campos académico, doctrinario y tecnológico; Que, mediante la Carta de fecha 07 de marzo de 2016 del Director de Políticas y Relaciones Internacionales de la Fuerza Aérea Argentina y la Papeleta de Tramite NC900-EMAI-N° 0397 de fecha 07 de marzo de 2016 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, se hace de conocimiento que la Fuerza Aérea Argentina extiende una invitación para que un Oficial Subalterno de la

Fuerza Aérea del Perú participe en la actividad "Tecnicatura Universitaria ­ Curso Operativo Técnico VYCA", que se realizará en la Escuela Electrónica de Defensa de la Dirección de Vigilancia y Control Aeroespacial (DIRVYCA), ubicada en la ciudad de Merlo, Provincia de Buenos Aires ­ República Argentina, del 01 de abril al 31 de diciembre de 2016; asimismo, que el Oficial designado también participará en la "Primera Etapa del Curso Básico Operacional (CBO)" del 01 de enero al 07 de abril de 2017; Que, la Fuerza Aérea del Perú ha designado al Teniente FAP ITALO JUNIOR RINCON PANAIFO, para que participe en la actividad "Tecnicatura Universitaria ­ Curso Operativo Técnico VYCA" y en la "Primera Etapa del Curso Básico Operacional (CBO)", del 01 de abril de 2016 al 07 de abril de 2017, por tener la especialidad de Defensa Aérea y haber egresado de la Escuela de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú en el segundo puesto en el orden de mérito de su promoción; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Merlo, Provincia de Buenos Aires ­ República Argentina del Teniente FAP ITALO JUNIOR RINCON PANAIFO, para que participe en la actividad "Tecnicatura Universitaria ­ Curso Operativo Técnico VYCA" " y en la "Primera Etapa del Curso Básico Operacional (CBO)", en la Escuela Electrónica de Defensa de la Dirección de Vigilancia y Control Aeroespacial (DIRVYCA), del 01 de abril de 2016 al 07 de abril de 2017; por cuanto permitirá perfeccionar al personal designado en el análisis y procesamiento de señales, gestión de la calidad, tránsito aéreo aplicado a la defensa, sistemas de comunicaciones aeronáuticas, procedimientos de red de observadores del aire, navegación aérea, armas del poder aeroespacial, organización y planificación, potenciando su nivel profesional, lo que redundará en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 01 de abril al 31 de diciembre de 2016 se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y el pago correspondiente al año posterior será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad de las referidas actividades, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, considerando que el periodo de duración de la Misión de Estudios es más de un año, el Teniente FAP ITALO JUNIOR RINCON PANAIFO realizará el viaje al exterior en compañía de su señora esposa e hija, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se

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