Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2016 (25/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 25 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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con juveniles silvestres capturados o producidos en laboratorio, uso regular de fertilizantes orgánicos o inorgánicos, abastecimiento de agua de mareas o de lluvia, monitoreo simple de la calidad del agua. Se realiza por lo general en estanques tradicionales o mejorados y también en simples sistemas de jaulas. - Cultivo intensivo: Sistema de producción con alto grado de control; altos costos iniciales, alto nivel tecnológico y alta eficiencia productiva, tendencia a independizarse del clima y de la calidad del agua del sitio y uso de sistemas de cultivo artificiales. - Desarrollo tecnológico: Es la aplicación de los resultados de la investigación o de cualquier otro tipo de conocimiento científico, a un plan o diseño en particular para la producción de materiales, productos, métodos, procesos o sistemas nuevos, o sustancialmente mejorados, antes del comienzo de su producción o utilización comercial. - Epizootia: Enfermedad contagiosa que ataca a un número inusual de animales al mismo tiempo y lugar y se propaga con rapidez. - Especie naturalizada: Especie foránea que forma poblaciones perennes, que se reproduce en la naturaleza y son capaces de perpetuarse, sin ulterior intervención humana, no se trata necesariamente de una especie invasora. - Investigación científica: Es todo aquel estudio original y planificado que tiene como finalidad obtener nuevos conocimientos científicos o tecnológicos, la que puede ser básica o aplicada. - Innovación tecnológica: Es la interacción entre las oportunidades del mercado y el conocimiento base de la empresa y sus capacidades, implica la creación, desarrollo, uso y difusión de un nuevo producto, proceso o servicio y los cambios tecnológicos significativos de los mismos. Se considerarán nuevos aquellos productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el punto de vista tecnológico, difieran sustancialmente de las existentes con anterioridad. Consideran la innovación de producto y la de proceso. - Tonelada Bruta: Peso del recurso hidrobiológico cultivado en el momento de la cosecha. Puede calcularse sobre la base de factores de conversión. ANEXO II FORMATO 01
SOLICITUD DE ADECUACIÓN A LAS CATEGORÌAS PRODUCTIVAS ESTABLECIDAS EN EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ACUICULTURA APROBADA CON DECRETO LEGISLATIVO Nº 1195 Señor: (Consignar el nombre de la autoridad que le otorgó el derecho de acuicultura sea en el Ministerio de la Producción o el Gobierno Regional según corresponda) El que suscribe la presente, solicita la adecuación de: (marcar con una X) Concesión Autorización

A la siguiente categoría productiva: (Marcar con una X según corresponda) Acuicultura de Recursos Limitados Acuicultura de Mediana y Gran Empresa i. INFORMACIÓN DEL ADMINISTRADO Llenar con letra de imprenta y marcar con X los espacios según corresponda Persona Natural ( ) DNI/CE Nº ________________ ( ) RUC Nº __________________ Apellido Paterno y Materno: Nombres: Domicilio: (indicar además urbanización o localidad, distrito, provincia, departamento) Teléfono: Correo electrónico: Adjuntar Carta poder notarial vigente de representación legal (de ser el caso) Persona Jurídica ( ) RUC Nº _____________________ Razón Social de la Empresa: Domicilio: (indicar además urbanización o localidad, distrito, provincia, departamento) Nº de partida registral de poder vigente: Zona registral: Teléfono: Correo electrónico: Representante Legal: Apellido Paterno y Materno: Nombres: Domicilio: (indicar además urbanización o localidad, distrito, provincia, departamento) Nº de partida registral de poder vigente: Zona registral: Teléfono: Correo electrónico: Refrendo del Solicitante Nombres y Apellidos: Nº DNI ( ) o ( ) Carnet de extranjería: Anexo: Declaración Jurada (Formato 02) Fecha: Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa

ANEXO III FORMATO 02
DECLARACIÓN JURADA PARA LA ADECUACIÓN A LAS CATEGORÍAS PRODUCTIVAS ESTABLECIDAS EN EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ACUICULTURA APROBADA CON DECRETO LEGISLATIVO Nº 1195 Señor: (Consignar el nombre de la autoridad que le otorgó el derecho de acuicultura sea en el Ministerio de la Producción o el Gobierno Regional según corresponda) Para el caso de Persona Natural Yo (Nombres y apellidos), declaro bajo juramento conocer la Ley General de Acuicultura y su reglamento, habiendo cumplido con los compromisos establecidos en la Resolución Directoral Nº (señalar número de resolución) y el Convenio de Conservación, Producción e Inversión Acuícola (señalar esto en caso de concesiones o autorizaciones de repoblamiento), Para el caso de Persona Jurídica Yo (Nombres y apellidos), representante legal de (señalar nombre de la empresa, asociación, comunidad, etc.) declaro bajo juramento conocer la Ley General de Acuicultura y su reglamento, habiendo

Otorgada mediante la Resolución Directoral Nº (señalar la Resolución Directoral con la que se otorga el derecho), para desarrollar la actividad de acuicultura de ( ) mayor escala, ( ) menor escala, ( ) centro de producción de semilla, ( ) subsistencia, ( ) repoblamiento, ( ) poblamiento, ( ) investigación. (Para el caso que un administrado quiera fusionar concesiones o autorizaciones contiguas, deberá señalarse cada una de las resoluciones autoritativas en la presente solicitud)

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