Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2016 (03/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 3 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

586081

Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano"; así como publicar en el portal institucional del Seguro Integral de Salud, http://www.sis. gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución y sus Anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO CARLOS ROMERO ONOFRE Jefe (e) del Seguro Integral de Salud 1374983-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN N° 0168-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 10 de marzo del 2016 Visto el Expediente N° 1302-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 97 295,61 m², ubicado al Norte del Asentamiento Humano Proyecto Especial Huaycán, Cuarta Etapa, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 97 295,61 m², ubicado al Norte del Asentamiento Humano Proyecto Especial Huaycán, Cuarta Etapa, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° IX -Sede Lima, remite el Informe Técnico N° 27216-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/OC de fecha 22 de diciembre de 2015 (fojas 37 y 38) donde señala que no se puede determinar la existencia o no de predios inscritos en el área en consulta; Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 16 de febrero de 2016 (fojas 53) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, conformada por cerros con cobertura de suelo de granulometría heterogénea, presenta una topografía muy accidentada y pendiente variada; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 97 295,61 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Aceptan renuncia de Directora Adjunta de la Oficina General de Administración de Recursos del SIS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 115-2016/SIS Lima, 2 de mayo de 2016 VISTOS; la renuncia presentada por la Directora Adjunta de la Oficina General de Administración de Recursos de fecha 29 de abril de 2016; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Jefatural N° 084-2016/SIS de fecha 01 de abril de 2016, se designa a la abogada Estrella Cynthia Haydee Asenjo Valdivieso, en el cargo de confianza de Directora Adjunta de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud; Que, mediante documento de vistos, la abogada Estrella Cynthia Haydee Asenjo Valdivieso, presenta renuncia al cargo de Directora Adjunta de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud; Que, resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por la profesional señalada en el considerando precedente; Con el visto bueno del Secretario General, del Director General (e) de la Oficina General de Administración de Recursos y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en los numerales 11.8 y 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la abogada Estrella Cynthia Haydee Asenjo Valdivieso, al cargo de confianza de Directora Adjunta de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese; ROBERTO CARLOS ROMERO ONOFRE Jefe (e) del Seguro Integral de Salud 1374983-3

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