Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2016 (03/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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VISTAS:

NORMAS LEGALES

Martes 3 de mayo de 2016 /

El Peruano

Las Resoluciones Administrativas N° 079-2016-CEPJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, 157-2016-P-CSJLE/PJ de esta Presidencia; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 076-2016-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial amplió la competencia del Segundo Juzgado Civil de San Juan de Lurigancho, para la atención en la especialidad familia bajo los alcances de la Ley N° 30364, a partir del primero de mayo del año en curso; y teniendo en cuenta que por Resolución Administrativa N° 175-2016-P-CSJLE/ PJ, se programaron los turnos, entre otros, para los Juzgados con competencia en materia de Familia de esta Corte Superior de Justicia, corresponde adoptar las medidas correspondientes a efectos de ejecutar lo anteriormente dispuesto. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir del primero de mayo del año en curso, el rol de turnos semanales para las denuncias a las que se refiere la Ley Nº 30364, en la "Zona Alta" de San Juan de Lurigancho, se inicie con el Segundo Juzgado de Familia, continuando el Segundo Juzgado Civil del indicado Distrito, y así sucesivamente. Artículo Segundo.- PRECISAR que lo dispuesto en el artículo anterior no modifica el turno en materia de Familia ­ Infractores que tiene el Segundo Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho. Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y a los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABÁS KAJATT Presidenta 1375105-1

de Martilleros Públicos en cada Distrito Judicial, el mismo que deberá realizarse anualmente. Segundo.- Asimismo, mediante Resolución Jefatural Nº 154-2016-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF, publicada el 02 de abril del 2016, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos dispuso la rehabilitación anual para ejercer las funciones del Martillero Público durante el año 2016, a las personas que integran la nómina adjuntada a la citada Resolución. Tercero.- Que, mediante Oficio Nº 028-2016-USJGAD-CSJLN-PJ, de fecha 21 de abril del 2016, la Jefa de la Unidad de Servicios Judiciales y Recaudación de esta Corte Superior de Justicia, solicita se expida la Resolución Administrativa pertinente a fin de convocar a los señores Martilleros Públicos que integren la nómina de esta Corte Superior correspondiente al año judicial 2016, la misma que se realizará del día 03 al 10 de mayo del presente año; por lo que debe dictarse el acto administrativo correspondiente. En uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Primero.- CONVOCAR a los señores Martilleros Públicos para que integren la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, correspondiente al año judicial 2016, para tal efecto los interesados deberán presentar sus solicitudes de inscripción del 03 hasta el 10 de mayo del año 2016, en la Oficina de la Coordinadora de Servicios Judiciales, siendo el plazo improrrogable. Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Servicios Judiciales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. GABINO ALFREDO ESPINOZA ORTIZ Presidente 1374824-1

ORGANOS AUTONOMOS

Convocan a Martilleros Públicos para que integren la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, correspondiente al año judicial 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 375-2016-P-CSJLN/PJ Independencia, veintiocho de abril del año dos mil dieciséis.VISTOS: El Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 161-2015-CE-PJ, la Resolución Jefatural Nº 154-2016-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF y el Oficio Nº 028-2016-USJ-GAD-CSJLN-P; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, el Texto Administrativos del Poder Resolución Administrativa Nº en el ítem 23, el proceso de Único de Procedimientos Judicial, aprobado por 161-2015-CE-PJ, dispone inscripción y reinscripción

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Índice de reajuste diario a que se refiere el art. 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de mayo
CIRCULAR Nº 011-2016-BCRP Lima, 2 de mayo de 2016 El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de mayo es el siguiente:

DÍA 1 2 3 4 5

ÍNDICE 8,62163 8,62166 8,62170 8,62173 8,62176

DÍA 17 18 19 20 21

ÍNDICE 8,62214 8,62217 8,62220 8,62223 8,62227

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