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NORMAS LEGALES Director (e): Félix Alberto Paz Quiroz MIÉRCOLES 4 DE MAYO DE 2016 1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR SUMARIO AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU Año XXXIII - Nº 13661 586275 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. N° 30429.- Resolución Legislativa que autoriza al Señor Presidente de la República para salir del territorio nacional del 5 al 8 de mayo de 2016 586276 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 085-2016-PCM.- Encargan el Despacho de la Presidencia de la República, a la Primera Vicepresidenta de la República 586277 R.S. N° 086-2016-PCM.- Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a España y encargan su Despacho a la Ministra de Cultura 586277 R.S. N° 087-2016-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Defensa a España y encargan su Despacho al Ministro del Interior 586278 R.S. N° 088-2016-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Agricultura y Riego a EE.UU, y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 586278 R.S. N° 089-2016-PCM.- Autorizan viaje de comitiva oficial y de apoyo que acompañará al Presidente de la República durante su viaje a España 586279 R.S. N° 090-2016-PCM.- Autorizan viaje de miembros del equipo periodístico y técnico del IRTP a España, en comisión de servicios 586280 DEFENSA R.S. N° 134-2016-DE/FAP.- Autorizan viaje de Personal Militar y Civil FAP a España, en comisión de servicios 586281 EDICIÓN EXTRAORDINARIA FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN