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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2016 (04/05/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 107

586261 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2016 El Peruano / o norma institucional, conforme a lo establecido en el artículo 39° de la citada Ley Orgánica; Que, artículo 73° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, señala; “los convenios que celebre o adhiere el Presidente del gobierno Regional que contengan disposición patrimonial requieran la ratifi cación o autorización por el Consejo Regional en Sesión Ordinaria o Extraordinaria”; Que, el mismo cuerpo normativo en su artículo 53° prescribe: “Los dictámenes son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales que son sometidas a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dichos estudios … Que, mediante Informe Técnico N° 026-2015-GRLL- GGDN de fecha 01 de octubre del 2015, el Gerente Regional de la Ofi cina de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de La Libertad, Sr. Roger David Torres Mendoza señala que es justifi cada la inversión que proyecta efectuar el Gobierno Regional en la adquisición de unidades móviles para repotenciar el patrullaje vehicular que permita disminuir el índice delictivo en la región La Libertad; Que, mediante informe Legal N° 36-2015-GRLL- GGR/GRAJ-NILCH, de fecha 21 de octubre del 2014, el Gerente Regional de Asesoría jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, señala que el proyecto de convenio específi co de cooperación interinstitucional a celebrar entre el Gobierno Regional de la Libertad y la Policía Nacional del Perú, tiene como objetivo que la PNP desarrolle actividades de patrullaje policial del prevención y contrarrestar la delincuencia común en todas sus modalidades, con el fi n de unir esfuerzos en materia de seguridad ciudadana, para lo cual el Gobierno Regional transferirá a la Región de La Liberad, en calidad de donación, 40 camionetas Pickup 4x4 y 20 motocicletas destinadas a la realización de actividades policiales y repotenciar el parque automotor de las diferentes sub unidades de la REGPOL – La Libertad. Y al análisis del expediente administrativo el mismo tiene sustento legal en el Decreto Legislativo N° 1148 – Ley de la Policía Nacional del Perú – donde dispone que pueden suscribir convenios, acuerdos y compromisos con los Gobiernos Regionales y Locales ...; así como la Ley N° 29010 – que faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a disponer recursos a favor de la Policía Nacional del Perú, modifi cada por la Ley N° 29611, que establece “los gobiernos regionales y gobiernos locales están facultados para realizar gastos de inversión en materia de seguridad ciudadana, infraestructura y equipamiento en el ámbito de su jurisdicción y con cargo a los recursos procedentes de toda fuente de fi nanciamiento, excepto de la fuente de operaciones ofi ciales de crédito, y donaciones y transferencias sólo en los casos en que estas últimas tengan destino específi co predeterminado y la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; emitiendo opinión legal que es procedente la suscripción de los proyectos de Convenio Marco y Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de La Libertad y la Policía Nacional del Perú, para la adquisición de vehículos para la PNP-La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modifi catorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR- LL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad, la suscripción de los Convenios Marco y Específi co de la Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de La Libertad y la Policía Nacional del Perú; para la transferencia a la REGPOL – La Libertad en calidad de donación de 40 camionetas Pickup 4x4 y 20 motocicletas, destinadas a la realización de actividades policiales y repotenciar el parque automotor de la diferentes Sub-Unidades de la Región Policial de La Libertad; donación que se formalizará previo Acuerdo Regional posterior. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. JOEL DAVID DÍAZ VELÁSQUEZ Presidente Consejo Regional La Libertad 1374646-1 Autorizan delegación de competencias a favor del MINEDU para la implementación de iniciativa privada cofinanciada en diversos colegios ACUERDO REGIONAL N° 007-2016-GRLL/CR Trujillo, 2 de febrero del 2016. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 02 de Febrero del 2016; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, recaído en el proyecto de Acuerdo Regional relativo “Autorizar la Delegación de Competencias que ostenta el Gobierno Regional La Libertad en los componentes de infraestructura, equipamiento, mobiliario y operación de servicios complementarios a favor del Ministerio de para la formulación, desarrollo, gestión, implementación, ejecución, fi nanciamiento y operación integral de los colegios que forman parte del desarrollo de la Iniciativa Privada Cofi nanciada “Construcción, mantenimiento y operación de servicios complementarios de Centros Educativos de la Región La Libertad; estos es, con relación a los siguientes colegios: I.E. 80892 - LOS PINOS, I.E. 80822 - SANTA MARÍA DE LA ESPERANZA, I.E. 81608 - SAN JOSÉ, I.E. 80818 - JORGE BASADRE GROHMANN. CONSIDERANDO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en Sesión Ordinaria de fecha 02 de Enero del Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 4° de la Ley N° 29230 precisa que los Gobierno Regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversión pública, privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes; Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 36° y 43° de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, y del literal m) del artículo 47° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales comparten competencias con el Gobierno