Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2016 (18/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de mayo de 2016 /

El Peruano

Designan Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Mi Perú de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 147-2016-P-CSJV/PJ Ventanilla, 13 de mayo de 2016. VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 221-2016-P-CSJV/PJ de fecha 21 de abril de 2016; y, CONSIDERANDO: Primero: Por Resolución Administrativa de visto, esta Presidencia autoriza el descanso físico vacacional de magistrados de este Distrito Judicial, encontrándose inmerso, en el anexo adjunto, el señor doctor Arturo Hugo Enciso Aguirre, Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Mi Perú, a quien se le autorizó el goce de descanso citado por el período del 16 al 30 de mayo de 2016. Segundo: En atención a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente, con el fin de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Juzgado citado, designar al Magistrado que reemplazará al doctor Enciso Aguirre mientras dure el goce de su descanso físico vacacional. Tercero: El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora RINA HUANCA QUISPE, como Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Mi Perú, por el período del 16 al 30 de mayo de 2016 y mientras dure el goce de descanso físico vacacional otorgado al doctor Arturo Hugo Enciso Aguirre. Artículo Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo

Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal y a la Magistrada interesada. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1380583-1

ORGANOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban la "Directiva del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador en la Universidad Nacional de Ingeniería"
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 670 Lima, 10 de mayo de 2016 Visto el Oficio Nº 0404-2016/OCRRHH-UNI del 04 de mayo del 2016, presentado por el Jefe (e) de la Oficina Central de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30057 "Ley del Servicio Civil", se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación del servicio a cargo de estas; Que, la Novena Disposición Complementaría Final de la Ley Nº 30057 señala que es de aplicación a los servidores civiles de los regímenes de los Decretos Legislativos Nº 276 y Nº 728, las normas referidas al Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador; Que, en la Undécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de La Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, se establece que "El titulo correspondiente al régimen disciplinario y procedimiento sancionador entra en vigencia a los tres (3) meses de publicado el presente reglamento con el fin que las entidades se adecuen

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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