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588050 NORMAS LEGALES Jueves 26 de mayo de 2016 / El Peruano Segunda.- El presente Reglamento deberá guardar relación con toda norma Reguladora, Descriptiva o de Registro de similar o mayor Jerarquía Normativa, que deba ser formulada para los Procesos de Atención a Comedores que reciben Apoyo del “Programa de Complementación Alimentaria” de acuerdo a las Disposiciones Establecidas para tal fi n. Tercera.- la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y de su difusión en la página Web de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. HUGO ISAIAS QUISPE MAMANI Alcalde 1383970-1 CONVENIOS INTERNACIONALES FE DE ERRATAS Entrada en vigencia de las “Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código Técnico sobre los NOx 2008” Mediante Ofi cio RE (GAB) Nº 0-3-A/189 el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de Erratas de la Entrada en vigencia de las “Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código Técnico sobre los NOx 2008”, publicada en la edición del 21 de mayo de 2016, en la página Nº 587750. DICE: CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia de las “Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código Técnico sobre los NOx 2008”, adoptadas por resolución MEPC 177(58) de la Organización Marítima Internacional el 10 de octubre de 2008 y ratifi cadas mediante Decreto Supremo Nº 014-2016-RE, de fecha 24 de febrero de 2016. Entró en vigor el 04 de marzo de 2016. DEBE DECIR: CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia de las “Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código Técnico sobre los NOx 2008”, adoptadas por resolución MEPC 177(58) de la organización Marítima Internacional el 10 de octubre de 2008 y ratifi cadas mediante Decreto Supremo Nº 014-2016-RE, de fecha 24 de febrero de 2016. Entró en vigor el 04 de marzo de 2014. 1384543-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIŁN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN