Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2016 (26/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Jueves 26 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente adjuntando el proyecto del convenio a suscribir. Que, finalmente, se ha verificado que el presupuesto a transferir se encuentra considerado en el Anexo 6 Distribución del Gasto del Presupuesto del Sector Público por Gobierno Regional a Nivel de Productos, Proyectos y Actividades (Página 475) de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. SE ACUERDA: Primero.- AUTORIZAR la Trasferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Yanahuara, Provincia de Arequipa por el monto de S/. 2 923 212,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS DOCE C 00/100 NUEVOS SOLES) para la ejecución del proyecto con código SNIP 289106 Mejoramiento del Sistema Integral de Seguridad Ciudadana en el Distrito de Yanahuara, Provincia de Arequipa. Segundo.- Disponer que el Órgano Ejecutivo Regional, de manera previa a la ejecución de las transferencias financieras, suscriba el respectivo Convenio con el Gobierno Local beneficiario, debiéndose alcanzar al Consejo Regional copias de tal documentos en el término de cinco (05) días hábiles a partir de su suscripción. Tercero.- Dejar expresamente indicado que la Transferencia Financiera no podrá ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al que ha dado lugar a la autorización, bajo responsabilidad. Cuarto.- Precisar que el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas del Proyecto de Inversión Pública que ha dado lugar a la autorización de transferencia financiera será de resposabilidad de la Gerencia Regional de Infraestructura y de la Gerencia Regional de Supervisión de Proyectos de Inversión. Quinto.- Señalar que el Consejo Regional de Arequipa efectuará las acciones de fiscalización que se estimen convenientes, lo que expresamente deberá ser consignado en el convenio a suscribir por el órgano Ejecutivo. Sexto.- Encargar al Órgano Ejecutivo Regional sufragar los gastos de la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano", conforme lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. EDY MEDINA COLLADO Presidente del Consejo Regional 1383998-1 ACUERDO REGIONAL Nº 036-2016-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 17 de mayo del 2016 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39º de la citada Ley Nº 27867.

Que, el órgano Ejecutivo Regional ha solicitado al Consejo Regional de Arequipa se autorice las transferencias financieras que a continuación se detalla:
ENTIDAD A FAVOR DE LA QUE SE REALIZARA LA TRANSFERENCIA Municipalidad Distrital de Tisco, Provincia de Caylloma MONTO PROYECTO CODI- FINALIDAD A DE INVERSION GO DE LA TRANSFERIR PUBLICA OB- SNIP TRANSJETO DE LA FERENCIA TRANSFERENCIA TIPO DE FINANCIAMIENTO

209406 Ejecución Financiamiento S/.491 489.36 Mejoramiento del Servicio del completo de la de Educación Proyecto primera etapa del Primaria en la proyecto aportado por el Gobierno IE Nº 40421 Regional de del Distrito de Tisco, Caylloma Arequipa Arequipa Fuente de Financiamiento Recursos Determinados Mejoramiento del Servicio Educativo de la IE Alberto Flores Galindo, Distrito de Orcopampa, Provincia de CastillaArequipa 8600 Ejecución Cofinanciamiento del para la ejecución Proyecto de la obra aportado por el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Distrital de Orcopampa Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios Corresponde a la Municipalidad aportar S/ 1 169 619,52

Municipalidad S/. 1'500 000,00 Distrital de Orcopampa, Provincia de Castilla

Que, conforme con el artículo 75º del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las trasferencias financieras son traspasos de fondos públicos sin contraprestación para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; Que, el numeral 15.1. del artículo 15 de la Ley Nº 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2016, establece: Autorizase, en el presente año fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (...) e) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2016, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Que, para el efecto, el numeral 15.2 del mismo artículo 15 indica que las transferencias financieras se autorizan, tratándose de los gobiernos regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicho Acuerdo del Consejo Regional debe ser publicado en el diario oficial El Peruano. Que, el numeral 15.3. refiere que la entidad que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, resaltándose que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó la transferencia. Que, a lo anterior cabe agregar que el Reglamento Interno del Consejo Regional, en el numeral 16.24 del artículo 16 establece como una de las atribuciones de este órgano aprobar transferencias financieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial. Que, respecto de la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Tisco, con el

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