Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2016 (26/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de mayo de 2016 /

El Peruano

asistir a la antes referida actividad; por lo que, dada su importancia, también se considera pertinente autorizar su viaje. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, con exoneración del trámite de comisión, por unanimidad en Sesión Extraordinaria de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje a la ciudad de Arica, República de Chile, el día 27 de mayo de 2016 con el objetivo de participar en las "Actividades de Reinicio de Operaciones del Ferrocarril Tacna - Arica" de las siguientes personas: · Dr. Omar Gustavo Jiménez Flores Gobernador Regional de Tacna. · Sr. Octavio Benito Vega Presidente del Consejo Regional de Tacna. · Lic. Kilber García del Águila Gerente General Regional. · Ing. Rosario Shirley Alférez Rosado Gerente Regional de Desarrollo Económico. · Ing. Jorge Ortiz Faucheux Director de la Oficina Regional de Promoción a la Inversión Privada. · Lic. Christopher Acevedo Velazco Jefe de la Oficina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional. · Abog. Sheillanh Miñano Bautista Asesora de Gobernación Regional de Tacna. Artículo Segundo.- DISPONER que los comisionados presenten al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado; asimismo, la rendición de cuentas de acuerdo a Ley dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Tacna disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Quinto.- DIFUNDIR el contenido del presente acuerdo en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. OCTAVIO BENITO VEGA Presidente Consejo Regional de Tacna 1384501-1

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCÓN VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 076-2016/SGPS-GDEYS-MDA de la Subgerencia de Programas Sociales, el Informe Nº 199-2016-GDEYS/MDA de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, el Informe Nº 090-2016-GPP/MDA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 240-2016-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 84º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sobre Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos, en el numeral 2.12 establece que es función exclusiva de las municipalidades distritales: "Crear la Oficina de Protección, Participación y Organización de los vecinos con discapacidad, como un programa dependiente de la dirección de servicios sociales". Que, el artículo 70º de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, precisa que las municipalidades provinciales y distritales deberán contemplar en su estructura orgánica una Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED), y contemplar en el presupuesto anual, los recursos necesarios para su adecuado funcionamiento y la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas al financiamiento de los fines del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal (PI), con cargo a los recurso de su presupuesto institucional, disponiendo que la incorporación de dichos recursos en los gobiernos locales se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, el Decreto Supremo Nº 400-2015- EF, aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2016. Disponiendo en su instructivo entre otros, la Meta 07 denominada "Diagnóstico del nivel de accesibilidad urbanística para personas con discapacidad y movilidad reducida"; Que, mediante Resolución Directoral Nº 003-2016EF/50.01, se aprobó los instructivos para el cumplimiento de las metas en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora y Modernización Municipal para el año 2016, la misma que contiene los instructivos para el cumplimiento de la Meta 07, que dispone en la Actividad Nº 1, la "Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), incorporando las funciones de las Oficinas Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad ­ OMAPED"; Que, dentro de las actividades previstas para alcanzar la meta antes mencionada se encuentra la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), incorporando las funciones establecidas en el artículo 70º, numeral 70.2 de la Ley Nº 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad a las Oficinas Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad ­ OMAPED; Que, mediante Ordenanza Nº 318-2015-MDA se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ancón; Que, estando a los Informes Nº 076-2016/SGPSGDEYS-MDA y Nº 199-2016-GDEYS/MDA de la Subgerencia de Programas Sociales y de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social respectivamente, y el Informe Técnico sustentatorio de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emitido conforme al Decreto

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban la creación de la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad - OMAPED en la Municipalidad Distrital de Ancón
ORDENANZA Nº 343-2016-MDA Ancón, 11 de mayo del 2016

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