Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2016 (27/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 27 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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Líquidos, Plantas de Abastecimiento de Combustibles Líquidos en Aeropuertos, y Plantas de Abastecimiento de Gas Licuado de Petróleo, los mismos que como Anexos 1, 2, 3 y 4 adjuntos, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal Electrónico de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese y comuníquese JULIO SALVADOR JÁCOME Gerente General 1384954-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
Sancionan a funcionaria por incurrir en falta disciplinaria, vulneración del Deber de Responsabilidad, establecido en el numeral 6) del artículo 7° de la Ley N° 27815
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 008-2016/CEPLAN/DE Lima, 23 de mayo de 2016 VISTOS: El Informe del Órgano Instructor, de fecha 23 de marzo de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 082-2014-CEPLAN/ DNSE, el Director Nacional de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación, solicitó al Director Ejecutivo, la autorización para el viaje de los señores Elisa Huallpa Arancibia y Renán Díaz Meza (en adelante los comisionados), a la Ciudad de México del 4 al 8 de agosto de 2014, a fin de participar en una pasantía de Seguimiento y Evaluación organizada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social - CONEVAL y a la reunión con la Secretaria de Hacienda y Crédito Público; Que, mediante Memorándum N° 374-2014-CEPLAN/ OGA, la señora Norma Guadalupe Chuquipoma Pomar, ex Jefa de la Oficina General de Administración1, solicitó al Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la emisión de la certificación de crédito presupuestario, a fin de continuar con el trámite para la compra de pasajes aéreos a la Ciudad de México; Que, mediante Informe N° 052-2014-CEPLAN/OPP, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remitió a la Dirección Ejecutiva, la certificación de crédito presupuestario, por la suma de S/. 175,167.12, para la compra de los pasajes a la Ciudad de México; Que, mediante Resolución Suprema N° 278-2014PCM, publicada el 2 de agosto de 2014, la Presidencia del Consejo de Ministros, autorizó el viaje en comisión de servicios de dos servidores del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN. Asimismo, dispuso que los gastos que irrogara la referida comisión de servicios, serían cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento recursos ordinarios de la entidad, autorizando el monto de US$ 2,234.94 (Dos Mil Doscientos Treinta y Cuatro y 94/100 Dólares Americanos) por concepto de pasajes aéreos; Que, mediante Informe N° 138-2014-CEPLAN/OGALOG, la Especialista en Contrataciones Públicas, informó a la señora Norma Guadalupe Chuquipoma Pomar, la publicación en el diario oficial "El Peruano" de la Resolución

Suprema N° 278-2014-PCM; asimismo, comunicó que la empresa Cóndor Travel S.A. había informado que el vuelo escogido se encontraba cerrado y que brindó alternativas de vuelo a un costo superior al autorizado; Que, mediante Memorando N° 408-2014-CEPLAN/ OGA, la señora Norma Guadalupe Chuquipoma Pomar, solicitó al Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto opinión presupuestal y ampliación del certificado de crédito presupuestario para la compra de pasajes internacionales por la variación de precios; Que, mediante 165-2014-CEPLAN/OPP, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remitió el Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000212, por la suma de S/. 175,167.12; Que, con fecha 11 de agosto de 2014, se emitió la Orden de Servicio N° 0000571, la cual incluye el monto por pasajes aéreos internacionales para los comisionados; Que, mediante Informe N° 95-2014-CEPLAN/ OGA/CONT, el Especialista en Contabilidad concluyó y recomendó: i) Solicitar al área de logística emita un informe sobre la rebaja del gasto compromiso hasta por el monto de S/. 4,129.44 (equivalente a US$ 1,476.38), en la Orden de Servicio N° 571-2014, de fecha 11 de agosto de 2013 al no encontrarse autorizado mediante Resolución Suprema N° 278-2014-PCM; ii) Existe una diferencia a favor de la empresa Condor Travel S.A. ascendente a S/. 2,129.44 (Dos Mil Ciento Veintinueve y 44/100 Soles); iii) Solicitar a tesorería que confirme si los pagos realizados a favor de la empresa Condor Travel S.A., por el importe de S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Soles), no se han realizado con fondos de la entidad; Que, mediante Informe N° 247-2014-CEPLAN/OGA, la Jefa de la Oficina General de Administración2, informó al Director Ejecutivo sobre la adquisición de pasajes aéreos internacionales por un monto superior al autorizado mediante Resolución Suprema N° 278-2014-PCM; Que, mediante Resolución Suprema N° 278-2014PCM, publicada el 2 de agosto de 2014, la Presidencia del Consejo de Ministros autorizó la compra de pasajes aéreos a la ciudad de México por la suma de S/. US$ 2,234.94 (Dos Mil Doscientos Treinta y Cuatro y 94/100 Dólares Americanos), siendo la referida resolución suprema de cumplimiento obligatorio, conforme lo establece la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, la señora Norma Guadalupe Chuquipoma Pomar, en su calidad de Jefa de la Oficina General de Administración, ejerció autoridad respecto del uso de los recursos financieros, es decir que, dentro sus competencias debió gestionar y autorizar la compra de pasajes aéreos internacionales para los comisionados, dentro de los parámetros establecidos en la Resolución Suprema N° 278-2014-PCM; Que, tal como consta en los documentos obrantes en el expediente, el monto facturado por los pasajes aéreos ascendió a US$ 3,711.32, es decir, que la autorización de la compra de pasajes aéreos fue por un monto adicional de US$ 1,476.38 de lo autorizado, contraviniendo una orden expresa y de obligatorio cumplimiento; Que, de conformidad con el numeral 6) del artículo 7° de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, la señora Norma Guadalupe Chuquipoma Pomar en su calidad de jefa de la Oficina General de Administración debió cumplir sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto la función pública. Es decir que, debió administrar los recursos financieros de manera correcta, para la compra de los pasajes aéreos internacionales, dentro de los parámetros establecidos en la Resolución Suprema N° 278-2014PCM. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 040-2014PCM, Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del

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Se designó mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 55-2013/CEPLAN/PCD, de fecha 28 de agosto de 2013, se aceptó su renuncia a partir del 4 de noviembre de 2014, mediante Resolución N° 80-2014-CEPLAN/PCD. Patricia Aida Davila Tasaico, designada mediante Resolución N° 083-2014-CEPLAN/PCD, a partir del 10 de noviembre de 2014.

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