Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2016 (27/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de mayo de 2016 /

El Peruano

Servicio Civil; la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIRPE; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y en uso de las facultades otorgadas por el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- SANCIONAR a la señora Norma Guadalupe CHUQUIPOMA POMAR, con una multa ascendente a 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, al haber incurrido en la falta disciplinaria, vulneración del Deber de Responsabilidad, establecido en el numeral 6) del artículo 7° de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. Artículo 2.- NOTIFICAR la presente resolución a la señora Norma Guadalupe CHUQUIPOMA POMAR y a la Oficina General de Administración. Artículo 3.- DECLARAR que la vía administrativa quedará agotada con la presente Resolución, salvo recurso impugnatorio de reconsideración para resolución del Director Ejecutivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico o de apelación para resolución del Tribunal del Servicio Civil, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución. La presentación de los recursos impugnativos deberá ser al Director Ejecutivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. Regístrese y comuníquese. RUBÉN ESQUIVES GUERRA Director Ejecutivo 1384676-1

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Aprueban precios de venta para diversas actividades de promoción de las exportaciones
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 084-2016-PROMPERÚ/SG Lima, 24 de mayo de 2016 Vistos, el Informe Nº 006-2016-PROMPERÚ/SGOPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los Memorándum Nº 004, 228, 243, 248, 256 y 263-2016-PROMPERÚ/DX-SPI de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, los Memorándum Nº 063 y 086-2016-PROMPERÚ/DX de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, los Informes Nº 008 y 012-2016-PROMPERÚ/DXSPI de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable y los Memorándum Nº 291 y 297-2016-PROMPERÚ/SG-OGA de la Oficina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG y modificatorias, se aprobó la nueva Carta de Servicios de PROMPERÚ como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden;

Que, en el marco de las actividades de promoción de las exportaciones programadas, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, mediante los memorandos señalados en el visto, indica que tiene prevista la realización de las siguientes actividades de promoción: a) Feria Magic Show Agosto 2016, b) Rueda de Negocios Industria Perú 2016, c) Feria Expocamacol 2016, d) Feria Colombiamoda 2016, e) Feria SIAL París 2016 y f) Cosmoprof North America 2016, razón por la cual solicita la aprobación del precio de venta correspondiente, conforme a la determinación de costos efectuada por la Oficina General de Administración; Que, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable mediante el Informe Nº 008-2016-PROMPERÚ/DX-SPI señalado en el visto, sustenta la necesidad de establecer descuentos extraordinarios para las ruedas de negocio del sector Manufacturas Diversas con la finalidad de consolidar las líneas de producto más afectadas del sector (proveedores a la minería, acabados para la construcción, autopartes, envases y embalajes); Que, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable mediante el Informe Nº 012-2016-PROMPERÚ/DX-SPI señalado en el visto, sustenta la necesidad de establecer descuentos extraordinarios para el servicio "Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones" para aquellas ferias llevadas a cabo hasta el 31 de diciembre de 2016; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala en su Artículo 37 que "para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento"; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, según el literal b) del artículo 13 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, según la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, modificada por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el año fiscal 2014, la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa y ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, en el marco de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los precios de venta y la forma de pago para las actividades de promoción de las exportaciones precitadas, y los descuentos extraordinarios para el servicio "Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones" y "Participación en Ruedas de Negocios" del sector Manufacturas Diversas; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, y el literal ñ) del artículo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ; Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los precios de venta para las siguientes actividades de promoción de las exportaciones:

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