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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2016 (27/05/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

588095 NORMAS LEGALES Viernes 27 de mayo de 2016 El Peruano / ServicioNombre de la ActividadLugar FechaModali- dadPrecio de Venta en S/. (Inc. IGV)Precio de Venta (%UIT) Participación en Ferias In- ternacionales de Exporta- cionesFeria Magic Show Agosto 2016Las Vegas – Estados Unidos14 al 17 de agosto de 2016Stand de 100 pie2 39 155 991,266 Participación en Ruedas de NegociosRueda de Negocios Industria Perú 2016Lima – Perú19 y 20 de julio de 2016No aplica 4 148 105,013 Participación en Ferias In- ternacionales de Exporta- cionesFeria Expocamacol 2016Medellín – Colombia24 al 27 de agosto de 2016Stand de 9 m2 9 133 231,215 Participación en Ferias In- ternacionales de Exporta- cionesColombiamo- da 2016Medellín – Colombia26 al 28 de julio de 2016Stand de 6 m2 12 845 325,190 Participación en Ferias In- ternacionales de Exporta- cionesSIAL París 2016París – Francia16 al 20 de octubre de 2016Stand de 6 m2 20 469 518,203 Stand de 7,5 m2 25 566 647,241 Stand de 9 m2 30 663 776,278 Participación en Ferias In- ternacionales de Exporta- cionesCosmoprof North Ameri- ca 2016Las Vegas - USA24 al 26 de julio de 2016Stand de 6 m2 20 447 517,646 Artículo 2º.- Aprobar temporalmente, un descuento adicional extraordinario del 50% aplicable al “Servicio Nº 6: Participación en Ruedas de Negocios” para aquellas ruedas que pertenezcan al sector “Manufacturas Diversas” y que se lleven a cabo hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo 3º.- Aprobar temporalmente, un descuento complementario extraordinario aplicable al “Servicio Nº 5: Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones” del 40% para aquellas ferias que pertenezcan al sector “Industria de la Vestimenta y Decoración” y del 25% para los demás sectores de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, para aquellas ferias realizadas desde el 06 de julio hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo 4º.- Encargar a la O fi cina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 5º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1384439-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Modifican el Artículo 3° de la Res. N° 024- 2013-OEFA/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 011-2016-OEFA/CD Lima, 24 de mayo de 2016VISTOS:El Informe Nº 193-2016-OEFA/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 001-2016-OEFA/OD-LORETO/SCC de la O fi cina Desconcentrada Loreto, el Informe Nº 035-2016-OEFA/CGDFA de la Coordinación General de Difusión en Fiscalización Ambiental; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización ambiental; Que, a través de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fi scalización ambiental —a cargo de las diversas entidades del Estado— se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y e fi ciente; Que, el Artículo 70º de la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente establece que en el diseño y aplicación de la política ambiental y, en particular, en el proceso de ordenamiento territorial ambiental, se deben salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas, debiendo toda autoridad pública promover su participación e integración en la gestión ambiental; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 024-2013-OEFA/CD del 28 de mayo del 2013, se crea la Red Universitaria de Capacitación y Educación en Fiscalización Ambiental – Rucefa, con la fi nalidad de fortalecer la fi scalización ambiental a través de la participación ciudadana; Que, con la fi nalidad de optimizar la participación de los pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas en la fi scalización ambiental, se ha advertido la necesidad de modi fi car la Resolución de Consejo Directivo Nº 024- 2013-OEFA/CD; Que, mediante el Acuerdo Nº 014-2016, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 018-2016 del 24 de mayo del 2016, el Consejo Directivo del OEFA acordó modificar la Resolución de Consejo Directivo Nº 024-2013-OEFA/CD, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo; Contando con el visado de la Secretaría General, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8º y Literal n) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º. Modi fi car el Artículo 3º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 024-2013-OEFA/CD, el cual quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo 3 º. Participantes de la Rucefa 3.1 Las actividades de difusión y capacitación desarrolladas en el marco de la Rucefa pueden ser realizadas por estudiantes universitarios que cumplan los siguientes requisitos: a) Pertenecer al tercio superior. b) Haber culminado el cuatro ciclo o segundo año de estudios, como mínimo. c) Presentar una carta de presentación de la autoridad universitaria competente.