Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2016 (27/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Viernes 27 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES
Precio de Precio de Venta en Venta S/. (Inc. (%UIT) IGV)

588095

Servicio

Nombre de la Actividad

Lugar

Fecha

Modalidad

LORETO/SCC de la Oficina Desconcentrada Loreto, el Informe Nº 035-2016-OEFA/CGDFA de la Coordinación General de Difusión en Fiscalización Ambiental; y, CONSIDERANDO:

Participación en Ferias In- Feria Magic ternacionales Show Agosto de Exporta2016 ciones Rueda de Participación Negocios en Ruedas Industria de Negocios Perú 2016 Participación en Ferias InFeria ternacionales Expocamacol de Exporta2016 ciones Participación en Ferias InColombiamoternacionales da 2016 de Exportaciones Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones

Las Vegas ­ Estados Unidos

14 al 17 de Stand de agosto de 100 pie2 2016

39 155

991,266

19 y 20 Lima ­ Perú de julio de No aplica 2016 24 al 27 de Stand de agosto de 9 m2 2016

4 148

105,013

Medellín ­ Colombia

9 133

231,215

Medellín ­ Colombia

26 al 28 de julio de 2016

Stand de 6 m2

12 845

325,190

SIAL París 2016

París ­ Francia

Stand de 6 m2 16 al 20 de Stand de octubre de 7,5 m2 2016 Stand de 9 m2 24 al 26 de julio de 2016 Stand de 6 m2

20 469 25 566 30 663

518,203 647,241 776,278

Participación en Ferias In- Cosmoprof Las Vegas ternacionales North AmeriUSA de Exportaca 2016 ciones

20 447

517,646

Artículo 2º.- Aprobar temporalmente, un descuento adicional extraordinario del 50% aplicable al "Servicio Nº 6: Participación en Ruedas de Negocios" para aquellas ruedas que pertenezcan al sector "Manufacturas Diversas" y que se lleven a cabo hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo 3º.- Aprobar temporalmente, un descuento complementario extraordinario aplicable al "Servicio Nº 5: Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones" del 40% para aquellas ferias que pertenezcan al sector "Industria de la Vestimenta y Decoración" y del 25% para los demás sectores de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, para aquellas ferias realizadas desde el 06 de julio hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 5º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1384439-1

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental; Que, a través de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental --a cargo de las diversas entidades del Estado-- se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente; Que, el Artículo 70º de la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente establece que en el diseño y aplicación de la política ambiental y, en particular, en el proceso de ordenamiento territorial ambiental, se deben salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas, debiendo toda autoridad pública promover su participación e integración en la gestión ambiental; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 024-2013-OEFA/CD del 28 de mayo del 2013, se crea la Red Universitaria de Capacitación y Educación en Fiscalización Ambiental ­ Rucefa, con la finalidad de fortalecer la fiscalización ambiental a través de la participación ciudadana; Que, con la finalidad de optimizar la participación de los pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas en la fiscalización ambiental, se ha advertido la necesidad de modificar la Resolución de Consejo Directivo Nº 0242013-OEFA/CD; Que, mediante el Acuerdo Nº 014-2016, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 018-2016 del 24 de mayo del 2016, el Consejo Directivo del OEFA acordó modificar la Resolución de Consejo Directivo Nº 024-2013OEFA/CD, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo; Contando con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8º y Literal n) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE:

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Modifican el Artículo 3° de la Res. N° 0242013-OEFA/CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 011-2016-OEFA/CD Lima, 24 de mayo de 2016 VISTOS: El Informe Nº 193-2016-OEFA/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 001-2016-OEFA/OD-

Artículo 1º. Modificar el Artículo 3º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 024-2013-OEFA/CD, el cual quedará redactado en los siguientes términos: "Artículo 3º. Participantes de la Rucefa 3.1 Las actividades de difusión y capacitación desarrolladas en el marco de la Rucefa pueden ser realizadas por estudiantes universitarios que cumplan los siguientes requisitos: a) Pertenecer al tercio superior. b) Haber culminado el cuatro ciclo o segundo año de estudios, como mínimo. c) Presentar una carta de presentación de la autoridad universitaria competente.

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