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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2016 (31/05/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

588337 NORMAS LEGALES Martes 31 de mayo de 2016 El Peruano / del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifi ca su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplifi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2015-PRODUCE, modifi cado por el Decreto Supremo N° 023-2015-PRODUCE; el Reglamento Operativo del Programa de Convenio de Desempeño, aprobado por Resolución Ministerial Nº 098-2016-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1.- DEROGAR, la Resolución Ejecutiva N° 110-2015-ITP/DE que aprueba la Directiva N° 005- 2015-ITP/DE, “Directiva para la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los Convenios de Desempeño”. Artículo 2.- APROBAR, la Directiva General N° 001-2016-ITP/DE, “Procedimiento la Aprobación, Ejecución, Seguimiento y Evaluación de los Convenios de Desempeño”, que en documento anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 3.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y en el mismo día en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe conjuntamente con su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ALARCÓN DÍAZ Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 1386514-1 Aprueban, la Directiva General N° 002-2016- ITP/DE, “Procedimiento para la Calificación de Personas Jurídicas de Derecho Privado para Operar como Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Privados” RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 82-2016-ITP/DE Callao, 27 de mayo de 2016 VISTOS: El Informe N° 002-2016-ITP/OPPM, de fecha 27 de mayo de 2016, emitido por la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 002-2016- ITP/DEDF, de fecha 27 de mayo de 2016, emitido por la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; el Informe N° 002-2016-ITP/DSE, de fecha 27 de mayo de 2016, emitido por la Dirección de Seguimiento y Evaluación; el Informe N° 016-2016-ITP/ OAJ, de fecha 27 de mayo de 2016, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 92 se crea el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP) y de conformidad con la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, se modifi ca su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP). Asimismo, en virtud de lo dispuesto por el literal d) del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, el ITP tiene como función apoyar y coadyuvar a que los CITE cumplan con sus funciones, metas y objetivos de manera efi ciente, efi caz y oportuna; Que, mediante la Resolución Ejecutiva N° 105- 2015-ITP/DE, se aprueba la Directiva N° 004-2015-ITP/ DE, “Directiva - Procedimiento para Califi car Personas Jurídicas de Derecho Privado para Operar como Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Privado”, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 30 de octubre de 2015; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, el cual desarrolla disposiciones que permiten mejorar la productividad y competitividad en sus respectivas cadenas productivas y de valor; regulando la califi cación de los CITE Privados, y disponiendo en el literal f) del artículo 27, que el ITP podrá precisar el alcance de los requisitos de califi cación, a través de una Directiva o de sus documentos de gestión; Que, el principio administrativo de legalidad, regulado en el numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; Que, por los fundamentos señalados, se hace necesario aprobar una nueva “Directiva para la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los Convenios de Desempeño”; Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; de la Dirección de Seguimiento y Evaluación; de la Oficina de Asesoría Jurídica; de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 que modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por Resolución Ministerial Nº 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- DEROGAR, la Resolución Ejecutiva N° 105-2015-ITP/DE que aprueba la Directiva N° 004-2015- ITP/DE, “Directiva - Procedimiento para Califi car Personas Jurídicas de Derecho Privado para Operar como Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Privado”. Artículo 2.- APROBAR, la Directiva General N° 002-2016-ITP/DE, “Procedimiento para la Califi cación de Personas Jurídicas de Derecho Privado para Operar como Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Privados”, que en documento anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 3.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y en el mismo día en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe conjuntamente con su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ALARCÓN DÍAZ Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 1386516-1