Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2016 (31/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Martes 31 de mayo de 2016 /

El Peruano

Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; y en la Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 7372010/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, en comisión de servicios, el viaje de las químicos farmacéuticas Jesusa Poma Inca y Tania Zenaida Oviedo Latorre, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de Kfar Saba, Estado de Israel, del 2 al 15 de junio de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de las citadas profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, han sido íntegramente cubiertos por la empresa TEVA PERÚ S.A., a través del Recibo de Ingreso detallado en los considerandos precedentes y abonados a la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:
· Pasaje aéreo tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 2,478.385, incluido TUUA) : US$ 4,956.77 US$ 10,000.00 ____________ US$ 14,956.77

· Viáticos por 10 días para 2 personas : (c/persona US$ 5,000.00 incluido gastos de instalación) Total :

Artículo 3.- Disponer que las citadas profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1386455-2

Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del Pliego Ministerio de Defensa, para financiar las operaciones de apoyo que brindan las Fuerzas Armadas durante el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 358-2016/MINSA Lima, 28 de mayo del 2016 Visto, el Expediente N° 16-015300-001, que contiene el Informe N° 102-2016-OGPPM-OPF/MINSA de la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 3042012-EF, y de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se expidió la Resolución Ministerial N° 820-2015/MINSA, de fecha 17 de diciembre de 2015 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2016 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público

para el Año Fiscal 2016, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, a realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto anual que se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el que debe aprobarse en un plazo que no exceda los noventa (90) días calendario contados a partir de la vigencia de cada Ley Anual de Presupuesto; Que, las transferencias financieras a las que se refiere el considerando precedente se financian con cargo al presupuesto institucional del Pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y se aprueban mediante Resolución Ministerial previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en el que se deberá indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fijado por la PCM y de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del titular de dicho pliego, publicándose en el diario oficial El Peruano; Que, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la referida Ley, mediante Decreto Supremo N° 021-2016-PCM se estableció como monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado al Pliego 026: Ministerio de Defensa para las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios, la suma de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 152 875,00) en la fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios; Que, mediante Oficios N°s. 217, 300 y 301-2016-SG/ MINSA, se solicitó al Ministerio de Defensa apoyo para traslado aéreo para el cumplimiento de las funciones a cargo del Ministerio de Salud; Que, mediante Oficio N° 2293-2016-PCM/SG-OGPP y los Informes N°s. 0121 y 0125-2016-PCM/OGPP, la Presidencia del Consejo de Ministros informa que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo destinado a las operaciones de apoyo fijado mediante el Decreto Supremo N° 021-2016-PCM, por lo que solicitan que en aplicación a la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se realice las transferencias financieras del caso; Que, mediante Oficio N° 921-2016-MINDEF/SG, el Secretario General del Ministerio de Defensa, informa sobre los gastos por las operaciones de apoyo a favor del Sector Salud, indicando que los mismos ascienden a la suma de S/ 1 293 776,88; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, señala que dado el carácter financiero del presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos serán registrados en números enteros; Que, mediante el Informe de Visto, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite su opinión favorable a la transferencia financiera hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 1 293 777,00), para cubrir el gasto por el apoyo al que se ha hecho mención en los considerandos precedentes, para un mejor cumplimiento de las funciones del Ministerio de Salud; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de Ia Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y con las visaciones de la Directora General de Ia Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de Ia Directora General de Ia Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y,

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