Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2016 (31/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 31 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

588339

Autorizan viaje de funcionarios a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0476/RE-2016 Lima, 30 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el 14 de marzo de 2016 se suscribió el Acuerdo entre la República del Perú y la Unión Europea sobre exención de visados para estancias de corta duración, el cual entró en vigencia provisional al día siguiente de su firma; Que, conjuntamente con el referido Acuerdo, el Perú suscribió la Declaración Conjunta sobre la introducción de pasaportes biométricos, mediante la cual se comprometió a expedir solamente pasaportes biométricos a sus ciudadanos a más tardar el 31 de julio de 2016; Que, mediante Contrato 0001-2016-RE/EXO, el Ministerio de Relaciones Exteriores encargó la implementación del servicio de emisión descentralizada de pasaportes biométricos comunes, diplomáticos y especiales al Consorcio In Continu et Services ­ Gemalto México SA de Capital Variable; Que, el Perú presentó ante la Unión Europea el Plan de Implementación del servicio de emisión de pasaportes biométricos; el cual contempla el inicio de la emisión de dichos pasaportes el 11 de junio de 2016, desde los Consulados Generales del Perú en Ámsterdam, Barcelona, Madrid y Milán; Que, de acuerdo al Contrato N.° 0001-2016-RE/EXO y sus Términos de Referencia de Contratación del Servicio de Emisión Descentralizada de Pasaportes Biométricos Comunes, Diplomáticos y Especiales, el personal designado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán realizar pruebas de aceptación en Sitio (SAT); Que, en vista de la relevancia de los temas a tratarse resulta necesaria la participación de funcionarios de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares responsables del seguimiento a la ejecución del proyecto; así como de un funcionario de la Oficina de Tecnologías de la Información en las referidas pruebas SAT; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 2155, del Despacho Viceministerial, de 25 de mayo de 2016; y los Memorandos (DGC) N.° DGC0443/2016, N.° DGC0455/2016, ambos de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el exterior y Asuntos Consulares, del 25 y 27 de mayo de 2016, y (OPP) N.° OPP0888/2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 30 de mayo de 2016, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ingeniera Carina Estrada Villegas, especialista en Servicios Electrónicos, a la ciudad de Douai, República Francesa para participar del 6 al 7 de junio de 2016, en el proceso señalado en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país, del 4 al 8 de junio de 2016. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0107175 Atención de Trámites Consulares y Difusión de Derechos y Deberes de los Migrantes, debiendo rendir cuenta documentada en un

plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos clase por día económica US$ US$ 1 585,00 540,00 N° de días 2+2 Total viáticos US$ 2 160,00

Nombres y Apellidos Carina Estrada Villegas

Artículo 3. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Carlos Alberto Manchego Aguirre, administrador de red, de la Oficina de Tecnologías de la Información, a la ciudad de Douai, República Francesa, para participar del 6 al 7 de junio de 2016 en el proceso señalado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 4. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, concerniente al señor Manchego, serán cubiertos según lo indicado en los Términos de Referencia del Contrato N.° 0001-2016RE/EXO, celebrada entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Consorcio In Continu et Services - Gemalto México SA de Capital Variable. Artículo 5. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 6. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese y comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RIOS Ministra de Relaciones Exteriores 1386226-1

SALUD
Autorizan viaje de profesionales a Argentina e Israel, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 356-2016/MINSA Lima, 28 de mayo del 2016 Visto, el expediente N° 16-042992-001 que contiene la Nota Informativa N° 221-2016-DIGEMID-DG-DEF/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley implementando un sistema de administración eficiente sustentado en estándares internacionales; Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID del Ministerio de Salud, como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, constituye requisito previo para la inscripción y reinscripción de dichos productos en el Registro Sanitario; Que, asimismo el artículo 22 de la acotada Ley dispone que las personas naturales o jurídicas públicas y privadas

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