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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 (09/11/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 44

603846 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de noviembre de 2016 / El Peruano Artículo 10º.- DE LA ADMISIBILIDAD Presentada la Solicitud – Declaración Jurada, la Sub Gerencia de Gestión Documentaria evaluará que el solicitante cumpla con la presentación de todos los requisitos. En caso de faltar alguno, será notifi cado en sede, estableciéndose un plazo de tres (03) días hábiles para su subsanación. Transcurrido el plazo sin que se subsanen los requisitos, la Sub Gerencia de Gestión Documentaria procederá a archivar la Solicitud – Declaración Jurada, debiendo comunicar tal hecho al administrado. Artículo 11º.- EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA ESPECIAL DE AMPLIACIÓN Admitida la solicitud, la Sub Gerencia de Gestión Documentaria remitirá el expediente a la Sub Gerencia de Desarrollo Económico, quien, dentro del plazo máximo de quince (15) días hábiles, evaluará el expediente. Si cumpliera con todos los requisitos, expedirá la licencia especial correspondiente; de no cumplir con los requisitos, emitirá la resolución denegatoria, la misma que será notificada al interesado. El procedimiento es de verificación previa con silencio negativo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Primera.- Modifi cación el Cuadro de Infracciones y Sanciones Modifíquese el código 01-103 del Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad distrital de Carmen de la Legua Reynoso, probado mediante Ordenanza Nº 009-2016-MDCLR, quedando tipifi cado de la siguiente manera: DESARROLLO URBANO MULTA EN PROPORCION A LA. U.I.T. VIGENTE MEDIDA COMPLE- MENTARIA ORNATO CODIGO INFRACCIÓN ZONA URBANA ZONA INDUSTRIAL 01-103 Por desarrollar a c t i v i d a d e s fuera del horario establecimiento. MUY GRAVE MUY GRAVE CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA DEFINITIVA Por reincidencia SEGUNDA.- Modifi cación el Cuadro de Infracciones y Sanciones Modifíquese el código 01-116 del Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad distrital de Carmen de la Legua Reynoso, probado mediante Ordenanza Nº 009-2016-MDCLR, quedando tipifi cado de la siguiente manera: DESARROLLO URBANO MULTA EN PROPORCION A LA. U.I.T. VIGENTE MEDIDA COMPLE- MENTARIA ORNATO CODIGO INFRACCIÓN ZONA URBANA ZONA INDUSTRIAL 01-116 Por expender bebidas alcohólicas fuera del horario establecido MUY GRAVE MUY GRAVE CLAUSURA DEFINITIVA REVOCACIÓN DE LICENCIA Tercera.- Modifi cación de la Ordenanza Nº 002-2016-MDCLR Modifíquese el artículo 4º de la Ordenanza Nº 002-2016-MDCLR, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 4º.- En ningún caso se otorgará licencia de funcionamiento a aquellos establecimientos que se dediquen exclusivamente a la comercialización de bebidas alcohólicas de toda graduación que se encuentren ubicados a menos de 100 metros de las instituciones educativas.” Cuarta.- Incorporación al Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA Incorpórese en el Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA, de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, en lo que corresponde al procedimiento administrativo para el otorgamiento de la “Licencia Especial de Ampliación de Horario de Funcionamiento y Atención al Público”, de acuerdo con el artículo 8 de la presente ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza, así como establecer su prórroga, de ser necesario. Segunda.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente ordenanza y a la Gerencia de Imagen Institucional la divulgación y difusión de sus alcances. Tercera.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información en el Portal Institucional (www. municarmendelalegua.gob.pe). Cuarta.- Deróguese toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde 1451068-1