Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2016 (09/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 9 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES PODER JUDICIAL

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financieras, en lo relacionado al manejo de cuentas bancarias de SUSALUD y a los servicios que dichas entidades brindan. 2.2.2 Autorizar las transferencias financieras al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo ­ CAFAE de SUSALUD. 2.2.3 Representar a SUSALUD en los procedimientos administrativos que requiera efectuar ante la SUNAT. Artículo 3°.- Delegar las siguientes facultades en el (la) Director (a) General de la Oficina General de Gestión de las Personas de la Superintendencia Nacional de Salud-SUSALUD: 3.1 Autorizar y resolver acciones del personal respecto a las rotaciones, destaques y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, adscritos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo N° 1057 - Régimen de Contratación Administrativa (CAS); 3.2 Remitir las Ofertas de Empleo de la Superintendencia Nacional de Salud-SUSALUD, al Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Supremo N°012-2004-TR. 3.3 Elevar los recursos de apelación ante el Tribunal del Servicio Civil, previa verificación de los requisitos de admisibilidad exigidos en el Decreto Supremo N° 0082010-PCM, y su modificatoria aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2013-PCM; así como ejecutar lo dispuesto en las resoluciones expedidas por el referido tribunal administrativo. 3.4 Conducir y suscribir la documentación referida a los afiliados y/o asegurados, en diversas entidades públicas y privadas (ONP, AFPs, ESSALUD). 3.5 Suscribir en representación de SUSALUD, convenios que no irroguen gastos a la institución a fin de fomentar el bienestar laboral en SUSALUD. Artículo 4°.- Observancia de los requisitos legales La presente delegación de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 5°.- Información El Secretario General y los funcionarios responsables a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución, deberán informar, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles siguientes de culminado el presente año. Artículo 6°.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución a los funcionarios responsables a quienes se les delega facultades, para su cumplimiento y difusión. Artículo 7°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Web Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar de SUSALUD. Artículo 8°.- Vigencia Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2016. Artículo 9°.- Derogación Dejar sin efecto las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA Superintendente 1450747-1

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Convocan a Jueces Supremos Titulares a sesión extraordinaria de Sala Plena para elección de representantes de la Corte Suprema ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones por el periodo 2016-2020
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 301-2016-P-PJ Lima, 7 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Primero: Que los artículos 179 y 180 de la Constitución Política del Perú, en sus partes pertinentes establecen que uno de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones es elegido en votación secreta por la Corte Suprema entre sus magistrados jubilados o en actividad y es quien presidirá a dicho órgano autónomo por un periodo de cuatro años. Segundo: Que los artículos 10, literal a) y 17 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones en concordancia con el texto constitucional, establecen la forma de elección de sus integrantes, así como el periodo de duración del cargo; asimismo el artículo 11 de dicha Ley Orgánica señala que en la misma oportunidad, se elegirá a dos miembros suplentes. Tercero: Que, en tal sentido, se debe proceder a convocar a Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República para realizar la elección de su nuevo representante para que integre el Jurado Nacional de Elecciones por el periodo 2016-2020. Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 75, primer párrafo del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero: CONVOCAR a los señores Jueces Supremos Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República a la Sesión Extraordinaria de Sala Plena, la misma que se llevará a cabo el martes 15 de noviembre de 2016, a horas 12:30 p.m. en la Sala de Acuerdos de este Supremo Tribunal. Artículo Segundo: FIJAR como único punto de Agenda la Elección de los Representantes Titular y Suplentes de la Corte Suprema para integrar el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones por el periodo 2016-2020. Artículo Tercero: DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la página web institucional del Poder Judicial. Artículo Cuarto: Poner en conocimiento de lo resuelto a los señores Jueces Supremos integrantes de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República. Regístrese, Publíquese y Cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Juez Decano Corte Suprema de Justicia de la República 1451436-1

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