Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2016 (13/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Domingo 13 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604127

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Suspenden ejecución de todo tipo de obras en vía pública y en propiedad privada entre el 14 al 20 de noviembre de 2016 en el Cercado de Lima, así como todo tipo de obras en las vías metropolitanas que discurren por diversos distritos
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014 Lima, 10 de noviembre de 2016 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA Visto el Memorando N° 1170-2016-MML-GDU de fecha 10 de noviembre de 2016 de la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 161° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que es competencia y función metropolitana especial en materia de transportes y comunicaciones, planificar, regular, organizar y mantener la red vial metropolitana, los sistemas de señalización y semáforos. Que, la Ordenanza N° 341 establece las limitaciones para el ejercicio de la competencia en materia de vialidad sobre la red vial metropolitana, señalando en el artículo 8° que las municipalidades distritales son competentes para la administración de las vías locales mientras que el artículo 7° indica que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encargará de la administración de las vías metropolitanas; Que, en el presente año el Perú ejercerá la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC); razón por la cual mediante Resolución Suprema N° 061-2014-RE, publicada el 25 de abril de 2014, se declaró de interés nacional el ejercicio de la Presidencia de APEC, incluyendo la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho Foro a llevarse a cabo del 14 al 20 de noviembre de 2016; Que, asimismo, con motivo de la realización de APEC 2016, el Perú recibirá aproximadamente cinco mil visitantes entre jefes de estado, altas autoridades extranjeras y otros, por lo que con Oficio Nº 102-2016-DIRESI-DIRSEG/COAPEC, la Dirección de Seguridad del Estado a través del Comando Operativo APEC solicita la restricción de obras públicas y privadas desde el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y los distritos de Miraflores, San Isidro y San Borja durante los días que dure el evento a fin de prevenir actos que podrían comprometer la integridad física de sus participantes; Que, a través del Memorando Nº 1170-2016-MML-GDU del 10 de noviembre de 2016, la Gerencia de Desarrollo Urbano elevó el Informe N° 4953-2016-MML-GDU-SAUDORP del 09 del referido mes y año, por el que la División de Obras y Redes Públicas de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, concluye que con la finalidad de cautelar la adecuada prestación de servicios públicos municipales y garantizar la seguridad de los visitantes y demás participantes del Foro, resulta necesario suspender temporalmente las obras civiles que impliquen la interrupción de la circulación peatonal y vehicular del 14 al 20 de noviembre de 2016; Que, conforme a lo señalado en el artículo 79º de la Ley Nº 27972, son funciones específicas de los gobiernos locales, autorizar y fiscalizar la ejecución del Plan de

Obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas; asimismo, normar, regular, otorgar autorizaciones y realizar la fiscalización de la construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratoria de edificación; Que, de acuerdo a lo descrito en el Oficio Nº 102-2016-DIRESI-DIRSEG/CO-APEC, la suspensión de obras civiles tiene sustento en la seguridad que se debe otorgar a los participantes al Foro, el cual constituye un asunto de interés nacional, conforme a lo señalado en la Resolución Suprema Nº 061-2014-RE, razón por la que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº 27972, disponer las acciones de su competencia con el fin de coadyuvar a la correcta realización del Foro; Estando a las facultades conferidas por el artículo 20° inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Suspender la ejecución de todo tipo de obras en vía pública y en propiedad privada entre el 14 al 20 de noviembre de 2016 en el Cercado de Lima, así como todo tipo de obras en las vías metropolitanas que discurren por los distritos de San Miguel, Pueblo Libre, Jesús María, Magdalena del Mar, Miraflores, San Isidro, San Borja, Lince, La Victoria, Surquillo, Barranco, Santiago de Surco y Chorrillos señaladas en el Plano del Sistema Vial Metropolitano aprobado por Ordenanza N° 341 y sus modificatorias. Artículo Segundo.- Las Licencias para Edificación Nueva, Remodelación, Ampliación, Modificación, Demolición y Autorizaciones de Obras en Vía Pública vigentes, otorgadas para ejecutar obras en el ámbito del artículo primero, quedarán en suspenso durante el plazo a que se refiere dicho artículo, entendiéndose que las mismas quedan prorrogadas automáticamente por el tiempo que dure la suspensión. Artículo Tercero.- El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, constituirá infracción y dará lugar a la sanción de imposición de multas y medidas complementarias correspondientes. Artículo Cuarto.- La suspensión a que se refiere el artículo primero de esta Resolución, se dispone sin perjuicio de lo señalado en el Decreto de Alcaldía Nº 013 del 09 de noviembre de 2016. Artículo Quinto.- Este Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y se podrá acceder a través de la página Web www.munlima.gob.pe Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1453138-1

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Establecen beneficio de regularización de deudas tributarias y no tributarias en el distrito
ORDENANZA Nº 461-MDB Barranco, 09 de noviembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por Cuanto: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: Informe Nº 447-2016-SGRC-GAT-MDB, de fecha 31 de octubre de 2016, emitido por la Sub Gerencia de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva; El Informe Nº 133-2016-SGFT-GAT-MDB, de fecha 02 de noviembre de 2016, emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización

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