Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2016 (13/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 13 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Otorgan duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias Agrarias, especialidad Agronomía, de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 1090-CU-2016 Huancayo, 18 de octubre de 2016 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el expediente Nº 32609 de fecha 21.09.2016, por medio del cual doña EDITH ALICIA PUENTE SANTOS, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias Agrarias, Especialidad: Agronomía, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley N° 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, doña Edith Alicia Puente Santos, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias Agrarias, Especialidad: Agronomía, por pérdida, el mismo que fue expedido el 11.05.2007, Diploma registrado con el Nº 080, registrado a Fojas 050, del Tomo 039-B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 18 de octubre del 2016. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Grado Académico de Bachiller, de fecha 11.05.2007, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN CIENCIAS AGRARIAS, ESPECIALIDAD: AGRONOMÍA, a doña EDITH ALICIA PUENTE SANTOS, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 080, registrado a Fojas 050 del Tomo 039-B. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.

4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y Facultad de Ciencias Agrarias. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1452407-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de funcionaria a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 5937-2016 Lima, 11 de noviembre de 2016 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la IX Reunión de la Comisión Mixta Peruano - Chilena de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, que se llevará a cabo los días 15 y 16 de noviembre de 2016 en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, en la IX Reunión de la Comisión Mixta Peruano - Chilena de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas se tratarán temas específicos en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, tales como, intercambio de experiencias en la prevención y detección de lavado de activos, intercambio de información referente a la legislación vigente para materia de lavado de activos, posibilidad de realizar capacitaciones y pasantías y desarrollo de investigaciones conjuntas y control de dinero transfronterizo combinado; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a la señorita Daniela Lanfranco Meza, Analista Principal de Enlace y Cooperación del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y

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