Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2016 (25/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Viernes 25 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

605129

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Chile, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 927-2016 Arequipa, 22 de noviembre del 2016 Vista la comunicación emitida por TISE 2016 invitando al Dr. Victor Manuel Cornejo Aparicio, Coordinador General del Contrato Nº C360-PNICP-PIAP-2014 "Contrato de Adjudicación de Recursos No Reembolsables (RNR), que otorga el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad para la Ejecución del Proyecto de Investigación Aplicada: "Sistema Tutor Inteligente, para la enseñanza de Matemática Básica, generador de material pedagógico personalizado mediante la determinación de los estilos de aprendizaje de los estudiantes", a participar en la XXI Congreso Internacional de Informática Educativa, TISE 2016, el mismo que se llevará a cabo el 29, 30 de noviembre y 01 de diciembre del 2016 ­Santiago de Chile, con su trabajo "Enriqueciendo la Enseñanza Asistida por computador mediante los Estilos de Aprendizaje" y el Oficio Nº 025 y Nº 027-2016-C360-PNICP-PIAP-2014, del citado invitado, mediante la cual solicita el apoyo correspondiente para poder participar en dicho evento académico. CONSIDERANDO: Que, por vigésimo primer año, el Centro de Computación y Comunicación para la Construcción del Conocimiento, C5, del Departamento de Ciencias de la Computación de la Universidad de Chile, organiza TISE 2016, XXI Congreso Internacional de Informática Educativa. TISE es un Congreso basado en la investigación que está pensado como un espacio para la presentación, el intercambio y la difusión de experiencias en dos áreas fundamentales: Informática Educativa e Interacción Humano-Computador en el aprendizaje y la cognición. Que, teniendo en cuenta la trascendencia, importancia e interés institucional del evento señalado, el Consejo Universitario en su sesión ordinaria del 21 de noviembre del 2016, en forma unánime, acordó autorizar al Dr. Víctor Manuel Cornejo Aparicio, Coordinador General del Contrato Nº C360-PNICP-PIAP-2014 suscrito entre la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa y el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad para la Ejecución del Proyecto de Investigación Aplicada, para que en Comisión de Servicios, viaje a la ciudad de Santiago de Chile, del 28 de noviembre al 02 de diciembre del 2016, debiendo asignársele el pago de pasajes aéreos Arequipa-LimaLima-Santiago, y viáticos internacionales por 04 días, con destino a la Ciudad de Santiago del país de Chile. Por estas consideraciones, de conformidad con la Ley Nº 27619 y el D.S. Nº 047-2002-PCM, estando al acuerdo de la citada Sesión del Consejo Universitario, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado y al Consejo Universitario. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Coordinador General del Contrato Nº C360-PNICP-PIAP-2014 "Contrato de Adjudicación de Recursos No Reembolsables (RNR), que otorga el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad para la Ejecución del Proyecto de Investigación Aplicada: "Sistema Tutor

Inteligente, para la enseñanza de Matemática Básica, generador de material pedagógico personalizado mediante la determinación de los estilos de aprendizaje de los estudiantes" y docente de la Facultad de Ingeniería de Producción y Servicios de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, Dr. Victor Manuel Cornejo Aparicio, en Comisión Oficial de Servicios a la ciudad de Santiago del país de Chile, del 28 de noviembre al 02 de diciembre del 2016, con la finalidad de que participe en el "XXI Congreso Internacional de Informática Educativa, TISE 2016", con su trabajo "Enriqueciendo la Enseñanza Asistida por computador mediante los Estilos de Aprendizaje, que se llevará a cabo del 29 de noviembre al 01 de diciembre del 2016 en Santiago de Chile. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del comisionado: - Pasajes aéreos Arequipa-Lima-Santiago de Chile, Santiago de Chile-Lima-Arequipa, por el monto de US $ 1017.51 Dólares Americanos. - Viáticos Internacionales por 04 días, a US $ 333.00 Dólares Americanos por día, al cambio del día en moneda nacional. - Seguro de Viaje, a US. $ 47.00 Dólares Americanos. Tercero.- El egreso que origine la presente Resolución, deberá afectarse con los fondos de transferencia y donaciones del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad para la Ejecución del Proyecto de Investigación Aplicada, correspondientes a su Proyecto, con la cadena funcional siguiente: Naturaleza del Gasto: 2.3.21.11. Pasajes y Gastos de Transportes, 2.3.21.12, Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios, 2.3.26.34, otros Seguros Personales, 2.3.27.11.99, Servicios Diversos, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Cuarto.- Dentro de los ocho días del retorno, el Comisionado deberá presentar un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, ante el Consejo Universitario. Quinto.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHÉL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Rector ORLANDO FREDI ANGULO SALAS Secretario General 1457205-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nulo el Acuerdo de Concejo N.° 030-2016-MPL, que declaró improcedente la solicitud de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN N° 1224-2016-JNE Expediente N° J-2016-00857-A01 PUEBLO LIBRE - LIMA - LIMA VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecisiete de octubre de dos mil dieciséis VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Tomás Aquino Valverde Mendieta en contra del Acuerdo de Concejo N° 0302016-MPL, del 13 de mayo de 2016, que declaró improcedente la solicitud de vacancia de Jhonel Jorge Leguía Jamis, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, de la Ley

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