Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2016 (30/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de noviembre de 2016 /

El Peruano

O-9512685 y DNI: 07782741, en compañía de su señora esposa ADRIANA MARTIN ERVIN CANCINO identificada con DNI: 07563483, para que asista a sus citas de control y mantenimiento de prótesis ocular del ojo derecho, en el Bascom Palmer Eye Institute y en el International Ocular Center, Inc., en la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América del 09 al 20 de diciembre de 2016; asi como, su salida del país el 08 de diciembre de 2016 y retorno el 21 de diciembre de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes: Lima - Miami (Estados Unidos de América) - Lima US $ 2,088.90 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 4,177.80 Viáticos: US $ 440.00 x 12 días x 01 persona Total a pagar = US $ 5,280.00 -------------------= US $ 9,457.80

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del paciente. Artículo 4º.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1458989-8

Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en Misión de Estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 499-2016-DE/MGP Lima, 29 de noviembre de 2016 Visto, el Oficio N.1000-1472 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 13 de octubre de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Jefe de Capacitación del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace de conocimiento al Director General de Educación de la Marina, el ofrecimiento de una vacante adicional para la Marina de Guerra del Perú, en el Curso Inicial de Pilotos de Helicópteros, a realizarse en la Escuela de

Helicópteros de la Fuerza Aérea Colombiana - Comando Aéreo de Combate Nº 4 "TC. Luis Francisco Pinto Parra", ciudad de Melgar, Departamento de Tolima, República de Colombia, del 3 de diciembre de 2016 al 25 de agosto de 2017; asimismo, sugiere el nombramiento del Teniente Segundo Luis Daniel Alejandro PASTOR Chávez o del Alférez de Fragata Christian RODRÍGUEZ Córdova, para que participen en la mencionada actividad; Que, en relación al considerando precedente, el Director General de Educación de la Marina, ha comunicado la designación del Alférez de Fragata Christian RODRÍGUEZ Córdova, para que participe en el referido curso; Que, la designación de Personal Naval, para que participe en el citado curso, permitirá a la Fuerza de Aviación Naval de la Marina de Guerra del Perú, contar con personal con instrucción e información en temas y actividades, relacionadas al aprendizaje de técnicas básicas de vuelo con helicóptero y emergencias, maniobras de vuelo por instrumentos, simulador de vuelo, vuelo táctico y entrenamiento en destrezas de combate diurno y nocturno; así como, entrenamiento en vuelo táctico con uso de visores nocturnos; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Christian RODRÍGUEZ Córdova, para que participe en el Curso Inicial de Pilotos de Helicópteros, a realizarse en la Escuela de Helicópteros de la Fuerza Aérea Colombiana - Comando Aéreo de Combate Nº 4 "TC. Luis Francisco Pinto Parra", ciudad de Melgar, Departamento de Tolima, República de Colombia, del 3 de diciembre de 2016 al 25 de agosto de 2017; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá incrementar los conocimientos en el área técnica y tecnológica que se utilizan en el entrenamiento con aeronaves de ala rotatoria; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 3 al 31 de diciembre de 2016, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero al 25 de agosto de 2017, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, el hospedaje, alimentación y pasajes aéreos, serán proporcionados por el Gobierno de los Estados Unidos de América, por lo que debe otorgarse Compensación Extraordinaria Mensual hasta un VEINTE POR CIENTO (20%), del que corresponde al lugar de destino, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece el porcentaje máximo de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero en caso de Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado con financiamiento parcial; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

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