Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2016 (01/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 1 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600569

Segunda.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para la adecuada aplicación y/o ampliación del plazo de vigencia de la presente norma. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Subgerencia de Comercialización y Anuncios, Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, Subgerencia de Informática y Estadísticas y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza conforme a sus atribuciones. Cuarta.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1435878-1

solicita que se modifique la Ordenanza Nº 467-MDMM a efectos de garantizar la calidad y homogeneidad de la restitución de las área de dominio público intervenidas por terceros; Que, la propuesta presentada cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras y la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo 38º del Reglamento de Ejecución de Obras en Áreas de Dominio Público en distrito de Magdalena del Mar, aprobado mediante Ordenanza Nº 467-MDMM, conforme al siguiente detalle: "Artículo 38.- Especificaciones técnicas de la pista y las veredas.Las especificaciones técnicas de acuerdo al tipo de pavimentos son: Condiciones Generales de Cumplimiento Obligatorio: (...) 6. Para el caso de intervenciones en pistas a realizarse a lo largo de las mismas, los trabajos deberán considerar reponer el asfaltado o pavimento (según sea el caso) en un tramo no menor al doble de largo de la sección intervenida y extendiéndose a todo el ancho de la vía, hasta un máximo del largo de la calle intervenida. Condiciones Técnicas de Cumplimiento Obligatorio: 1.- Pistas de concreto: La losa de concreto tendrá un espesor igual al existente pero no menor de quince centímetros (15 cm.). La calidad del concreto a emplearse será de Fc. = 210 kg./cm2. El concreto obligatoriamente deberá ser premezclado y con acelerante de fragua de 1 a 3 días. (...) " Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Subgerencia de Obras Públicas y Transportes y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO toda norma que se oponga a la presente disposición. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1435889-1

Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 467-MDMM, que aprobó el Reglamento de Ejecución de Obras en Áreas de Dominio Público en distrito de Magdalena del Mar
ORDENANZA Nº 037-MDMM Magdalena, 23 de agosto de 2016 ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 467-MDMM, QUE APROBO EL REGLAMENTO DE EJECUCION DE OBRAS EN AREAS DE DOMINIO PUBLICO EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 20 de la fecha, y; VISTOS: El Informe Nº 270-2016-SGOPT-GDUO-MDMM emitido por la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte; el Memorándum Nº 269-2016-GDUO-MDMM emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras y el Informe Nº 516-2016-GAJ-MDMM emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 467-MDMM, publicada con fecha 03 de junio del 2011, se aprobó el Reglamento para la ejecución de obras en áreas de dominio público la cual tiene por objeto establecer normas, especificaciones y características para salvaguardar el orden, ornato y buena práctica de los procedimientos constructivos de las instalaciones y suministros de servicios públicos; Que, mediante Informe Nº 270-2016-SGOPT-GDUOMDMM, la Subgerencia de Obras Públicas y Transportes,

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 164-2016-MDP/C, mediante la cual se aprobó amnistía tributaria en el distrito de Pachacámac
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 24-2016-MDP/A Pachacámac, 26 de setiembre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: El Informe Nº 105-2016-MDP/GR de fecha 22 de Setiembre del 2016, emitido por la Gerencia de Rentas,

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